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"Sí, Poeta aficionado, que expreso el sentir entrañable de la vida, en pequeños y sencillos versos." LuMo2020

martes, 4 de abril de 2017

¿Cómo ahorrar de más para tener un ingreso seguro cuando sea viejo?

¿Cómo ahorrar de más para tener un ingreso seguro cuando sea viejo?

http://www.finanzaspersonales.com.co/pensiones-y-cesantias

La mayoría de las personas que logran pensionarse por lo general obtienen un ingreso inferior al salario que tenían antes de jubilarse, le mostramos una opción para que en ese momento su calidad de vida no disminuya.
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Cuando usted comienza  a trabajar tiene la obligación de vincularse con un fondo de pensiones, esto significa que una parte de su salario será descontada y le será devuelta cuando esté retirado laboralmente, así se garantizará un ahorro para la vejez
Para esto tiene dos opciones, un Régimen de Prima Media (RPM) que es un sistema público y funciona con Colpensiones. La otra posibilidad es un Régimen de Ahorro Individual (RAI) al que pertenecen las Administradoras de Fondos de Pensiones y Cesantías (AFP-C)
En el tipo RPM los aportes de las personas van a una bolsa común y el tiempo que se necesita para pensionarse es de 1.300 semanas. En el caso de la RAI, cada persona tiene su propia cuenta con aportes individuales y el tiempo para pensionarse es de 1.150 semanas.
Muchos ‘millennials’ creen que no van a llegar a la edad de recibir una pensión, ellos han visto cómo sus padres no lo han logrado, y si lo han hecho, los ingresos han sido inferiores a lo que ganaban mientras trabajaban. Además entienden que el costo de vida a los 60 años es diferente al que una persona tiene a los 30 , por lo que el dinero de una posible pensión no va a ser suficiente. Por eso en Finanzas Personales le mostramos una opción de ahorro para aumentar esa cantidad: las pensiones voluntarias.
Para vivir cómodo en el futuro usted puede optar por una pensión voluntaria, la cual es un ahorro extra y complementa su pensión obligatoria.  Si usted está preocupado por la educación de sus hijos o quiere comprar una vivienda propia, le contamos cómo esta opción le puede ayudar.
Este tipo de pensión nació con la ley 100 de 1993 y  permite a las personas ahorrar más allá de los límites de pensión obligatorios establecidos por la ley. Es una forma para que sus cuentas de ahorro tengan saldos más altos y  así usted incluso pueda pensar en pensionarse antes de tiempo.
Cualquier trabajador se puede vincular a las pensiones voluntarias, tanto las personas naturales con contrato laboral, como los que son independientes. Los recursos que usted ahorre son administrados por las AFP (hay cuatro: Colfondos, Old Mutual, Protección y Porvenir), ellos son los que invierten su dinero  y le muestran a usted cómo va la acumulación del capital y el rendimiento que ha tenido.
Cuando una persona decide invertir en una pensión voluntaria puede elegir entre distintos portafolios de inversión, los cuales ofrecen posibilidades en muchos sectores productivos de la economía, de esta forma, por ejemplo, usted puede decidir si invertir en minería o hotelería, para esto cuenta la asesoría de expertos que le muestran los movimientos en las bolsas, esta es una forma de obtener renta de lo que le está yendo bien en los mercados nacionales e internacionales.   
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Según la pagina web de Old Mutual, para invertir y obtener ingresos, los fondos de pensión compran bonos, divisas y acciones para optimizar el capital, también tienen planes de inversión en diferentes regiones por lo que las posibilidades de administrar el dinero son mejores.  Si  usted es una persona interesada en cumplir metas a mediano y largo plazo como lo son tener casa propia y pagar la educación superior de sus hijos, como le contamos en párrafos anteriores, en una pensión voluntaria puede establecer estas metas con los fondos y ellos destinan el dinero a que se cumplan.
Todo esto hace parte de la planeación financiera que debe tener, la cual sirve para visualizar la expectativa de patrimonio que una persona pueda desear de acuerdo con sus ingresos y egresos, para esto es importante pensar lo que el usuario de una pensión voluntaria quiere a futuro, cuáles son sus objetivos a corto, mediano y largo plazo, como también cuáles son los recursos que tiene y los que espera.
Otros beneficios de las pensiones voluntarias
Hay beneficios tributarios por hacer este ahorro extra, por ejemplo quienes declaran renta obtienen una disminución en la retención de la fuente, pues los aportes a los fondos de pensiones se consideran ingresos no constitutivos de renta, ni ganancia ocasional. Así que quienes declaran renta pueden disminuir hasta 30% la base gravable, según un documento de Protección, también están exentos del gravamen a los movimientos financieros cuatro por mil. Por otro lado, si usted permanece más de 5 años no tendrá el cobro de 7% de la retención en la fuente sobre los rendimientos financieros.
Seguramente se está preguntando qué garantiza que su dinero esté seguro, pues las sociedades que administran fondos de pensiones voluntarias están vigiladas por la Superintendencia Financiera de Colombia, de hecho los recursos que ahorre son inembargables, siempre y cuando estén dentro de los límites que establezca anualmente la Superintendencia Financiera de Colombia.
Según las entidades estatales, al afiliarse a un Fondo de Pensión Voluntaria usted entra en la categoría de consumidor financiero y por eso tiene derecho a presentar peticiones, consultas, quejas, reclamos y solicitudes ante el Defensor del Consumidor Financiero, la Superintendencia Financiera de Colombia y demás organismos de regulación.  

DERECHOS CIUDADANOS QUE DEBEN SER INFORMADOS POR ENTIDADES FINANCIERAS.

La tutela que perdió un banco por no informar debidamente a un cliente sobre su seguro

Cortesia: http://www.finanzaspersonales.com.co

Una sentencia de la Corte Constitucional le envía una vez más un mensaje contundente a las entidades financieras, como bancos y aseguradoras de suministrar toda la información a sus clientes.
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El deber de dar toda la información a los usuarios cuando se trata de adquirir productos financieros ha sido un motivo constante de quejas y reclamaciones de los clientes con sus bancos, aseguradoras y demás entidades del sistema financiero.
Es más, el más reciente reporte de quejas del sistema financiero, que elabora la Superintendencia Financiera de Colombia (SFC) correspondiente a enero de 2017 señala que los establecimientos bancarios son los causantes del mayor número de quejas que maneja la SFC, con un 72% (un total de 4.100), seguido de las aseguradoras, con un 15% (871 casos).
Muchas pueden ser las causas de las reclamaciones. Esta vez fue la Corte Constitucional la que volvió a ser protagonista por una tutela que falló a favor del ciudadano Enrique Pérez Astudillo, un ex militar que perdió más del 70% de su capacidad para trabajar, debido a que cayó en un campo minado. Antes de ser víctima de la fatalidad, tomó un seguro de vida grupo deudores, con el banco Santander (absorbido después por Corpbanca) para el pago de un crédito de vivienda por más de $21.000.000.
Pero, al momento de reclamar la póliza y al verse en condición de discapacidad y además, paciente de esquizofrenia, no encontró respuesta positiva por parte del banco, la aseguradora, ni la corredora de seguros. Por dos años, Pérez Astudillo estuvo en un limbo como cliente y sin la posibilidad de poder pagar las cuotas de su crédito, ganando solo lo de su pensión, apenas la suma de $863.000.
En primera instancia, un juez falló en contra del ex-soldado la tutela, que luego fue revisada por la Corte Constitucional y encontró que esta se trataba de una situación de una persona en condición de vulnerabilidad de sus derechos, por ser un ciudadano en situación especial y que estaba en claro desfavorecimiento ante el banco, la aseguradora y la casa de cobranza que se había quedado con la deuda.
La información se debe dar completa
La situación de Pérez es la misma que corren a diario miles de colombianos que van a reclamar el seguro que compraron y resulta que se encuentran con nueva información que no les fue dada de manera oportuna y transparente. Ya en Finanzas Personales habíamos informado las prácticas abusivas que deben eliminar las entidades financieras. Una de ellas era la de poner ‘letra pequeña’ en los contratos.
Pero para Pérez fue más traumático porque al quedarse sin trabajo por su incapacidad, tampoco recibió la información oportuna pues, al cabo de dos años se encontró en la situación que por todo ese tiempo había reclamado la póliza a la aseguradora equivocada, pues su seguro estaba amparado por Allianz Compañía de Seguros, y no con Mapfre, situación que era desconocida por quien tutelaba.
Para la Corte Constitucional, se impone a las entidades bancarias y aseguradoras la obligación que suministren información:
  1. Que corresponda efectivamente a la realidad jurídica y fáctica del vínculo del que se trate.
  2. Que sea completa y no parcial, de manera tal que su destinatario pueda tener una imagen integral y detallada de la posición en la que se encuentra y de las posibilidades de actuación que tiene en la relación;
  3. Que sea plenamente comprensible, incluso en aquellos casos en los que su naturaleza técnica imponga dificultades para ser explicada.
  4. Y en adición a ello, la información debe ser entregada en el momento en que resulta relevante y no después, de manera tal que con fundamento en ella, el cliente o usuario –según el caso- pueda tomar las decisiones correspondientes.
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¿Qué falló la Corte?
En su decisión favorable a Pérez Astudillo, la Corte Constitucional revocó la sentencia proferida por el Juzgado Primero Civil del Circuito de Neiva, que a su vez confirmó la providencia del Juzgado Noveno Civil Municipal de Neiva, en la que se declaró improcedente el amparo solicitado por el actor.
Además, ordenó al  Banco Corpbanca a asumir el 90% del saldo insoluto de la deuda de Enrique Pérez Astudillo, como consecuencia de haber privado al actor de la pérdida de la oportunidad de reclamar o demandar el pago del siniestro a la aseguradora, con la cual se había adquirido el contrato de seguro de vida grupo deudor.
También ordenó a Sistemcobro a realizar un acuerdo de pago con el accionante de la tutela para que se efectuara el acuerdo de pago del saldo de la deuda, el cual se encuentra sujeto a un término mínimo de un año. Además, como medida para resarcir el daño que se la ha causado a Enrique Pérez Astudillo, se le eliminó el reporte negativo de las centrales financieras y crediticias, donde él estuvo reportado.
¿Usted que debe hacer?
Si considera que su derecho a ser debidamente informado ha sido vulnerado, usted puede dirigirse a la SFC para dar manejo a su caso. El organismo de supervisión ha manifestado que las entidades vigiladas deben abstenerse de incurrir en conductas que conlleven abusos contractuales o de convenir cláusulas que puedan afectar el equilibrio del contrato o den lugar a un abuso de posición dominante contractual. (Literal e) del artículo 7° de la Ley 1328 de 2009).
De acuerdo a la SFC, queda prohibido de manera expresa la incorporación de cláusulas abusivas en los contratos de adhesión que utilicen las entidades vigiladas, las cuales se tendrán como no escritas o sin efectos, así como aquellas conductas que impliquen prácticas abusivas (artículos 11 y 12 de la Ley 1328 de 2009).
Para conocer el listado completo de las cláusulas abusivas que usted debe denunciar, puede dirigirse a la sección www.superfinanciera.gov.co pestaña Consumidor Financiero /información general / prácticas y/o cláusulas abusivas, donde encontrará el listado completo de las conductas y letra pequeña prohibidas por la SFC.