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"Sí, Poeta aficionado, que expreso el sentir entrañable de la vida, en pequeños y sencillos versos." LuMo2020
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domingo, 28 de marzo de 2010

FRACASO DEL VOTO PREFERENTE - PROPICIACION DEL FRAUDE ELECTORAL





Cuando en 2003 se propuso en el Congreso el voto preferente -hay que decir que con la oposición del Gobierno- se afirmó que era un mecanismo orientado a garantizar una efectiva participación democrática en la escogencia de los integrantes de cuerpos colegiados, pues, a diferencia del viejo sistema del "bolígrafo" , el ciudadano tendría la ocasión de seleccionar a su candidato favorito, de modo que ya no importaría que éste se ubicara muy abajo en la misma. El mayor número de votos lo haría ascender mediante la reordenación de la lista.

Este fue el argumento, que finalmente el Ejecutivo tuvo que aceptar de mala gana, y en todo caso, salió adelante una transacción en cuya virtud el voto preferente sería opcional. Cada partido o movimiento resolvería si iba a las elecciones con listas cerradas o abiertas.

Pero el supuesto teórico, y el espíritu inicial de la norma, que quedó consagrada en el artículo 263 A de la Constitución, era el de favorecer la espontaneidad del votante, en el entendido de su adecuado conocimiento acerca de los integrantes de las listas. Eso implicaba propiciar el voto de opinión sobre el voto cautivo, organizado y armado por las maquinarias políticas. Pero la práctica ha sido la contraria: el gran afectado ha sido el voto de opinión y el favorecido el voto de maquinaria.

Veamos:
De acuerdo con la norma constitucional, en el caso del voto preferente, "el elector podrá señalar el candidato de su preferencia entre los nombres que aparezcan en la tarjeta electoral".

Pero, con la disculpa de que los tarjetones serían inmensos dado el alto número de aspirantes, en la Registraduría -no la actual, sino una anterior- diseñaron el confuso tarjetón que tanto daño hizo en las elecciones del 14 de marzo, y en las anteriores, con menos notoriedad.

Un sistema de voto inconstitucional, porque, contra la norma, no aparecieron los nombres de los candidatos, y menos sus fotografías, haciendo imposible su reconocimiento por el votante. Se hicieron figurar unos logos y unos números que cada elector debería marcar, sobre la base de haber memorizado los datos de aquel aspirante a quien quisiera elegir (partido y número).

Si a esto, que es de suyo difícil para el ciudadano del común, unimos la coexistencia de al menos ocho variables en las últimas elecciones -Senado, Cámara, circunscripción nacional, circunscripción indígena, circunscripciones especiales, Parlamento Andino y consulta en los partidos conservador y verde-, entendemos muy fácil la razón para que se hayan depositado, hasta donde se conoce, más de millón y medio de sufragios nulos y casi medio millón de tarjetones sin marcar, además de la votación en blanco -que fue altísima, especialmente en cuanto al Parlamento Andino-.

La distancia entre las normas y su aplicación, en Colombia, es cada día más grande. Y en el caso del voto preferente, a pesar del texto plasmado por los reformadores, las autoridades que lo aplicaron lo hicieron fracasar.

Es menester, entonces, una revisión integral del sistema.
Cortesia del Jurista José Gregorio Hernández Galindo.

Aunado a lo anterior, se pudo evidenciar en la jornada electoral y en sus inmediatos escrutinios, que el voto preferente trajo consigo una posibilidad de propiciacion del fraude electoral, como quiera que las maquinarias se hicieron visibles al injerir para que las votaciones por algunos partidos fueran absurdamente altas por el doble conteo de votos que se sumaban de cada candidato al del partido, desquiciando la transparencia de los reales votos que el candidato y su partido pudo haber obtenido.

viernes, 25 de diciembre de 2009

NUESTRO COMPROMISO ES CON TODOS.

29´882.147 CIUDADANOS HABILITADOS PARA VOTAR EL 14 DE MARZO/2010 - COLOMBIA.




De acuerdo con el calendario establecido la Registraduría Nacional del Estado Civil culminó el proceso de actualización del censo electoral y la División Política para las elecciones de marzo de 2010. En total se instalarán 87.033 mesas.

En las últimas elecciones de Congreso, celebradas en marzo de 2006, el censo electoral ascendió a 26.595.171 ciudadanos.


Un total de 29.882.147 ciudadanos podrán participar en Colombia y en el exterior en los comicios que se realizarán el 14 de marzo de 2010 para decidir la conformación del Senado de la República, la Cámara de Representantes y los cinco representantes del país al Parlamento Andino.

El procesamiento del censo electoral para las elecciones del 14 de marzo de 2010 concluyó el 23 de diciembre e incluyó toda la información originada en los dos cortes que por mandato legal se le hacen al censo electoral: la incorporación de cédulas expedidas por primera vez, que se cerró cuatro meses antes de la elección, y las altas y bajas del personal retirado y activo de las fuerzas militares y de la policía nacional, cuya fecha de corte es tres meses antes de la elección. Adicionalmente se procesó toda la información resultante del proceso de inscripción de cédulas en Colombia y en el exterior y la depuración de las personas fallecidas.


En las estadísticas del proceso de actualización de censo, entre el 27 de mayo de 2009 y el 23 de diciembre de 2009, se incluyeron 433.258 cédulas expedidas a colombianos que adquirieron la mayoría de edad y 23.405 documentos de personas que recuperaron sus derechos políticos, entre otros.


Por su parte, las bajas del censo fueron de 57.796 personas por pérdida o suspensión de los derechos políticos, 168.860 documentos cancelados de ciudadanos fallecidos, 4.616 por doble cedulación y 79 por falsa identidad, entre otros.

La Registraduría Nacional del Estado Civil con participacion de diferentres estamentos gubernamentales, politicos y sociales, entre ellos el Movimiento Politico MIRA, adelantó el proceso de inscripción en todo el territorio nacional del 19 de octubre al 2 de noviembre. La primera semana el proceso se desarrolló en las diferentes sedes de la entidad y del 25 de octubre al 2 de noviembre se habilitaron los cerca de 10.000 puestos de votación para hacer la inscripción.

Por su parte en el exterior la inscripción se prolongó hasta el 13 de noviembre para permitir que los colombianos residentes en el exterior inscribieran su cédula y pudieran participar en los comicios de 2010.

En las elecciones al Congreso 2006, realizadas el 21 de junio, la cifra de colombianos habilitados para votar fue de 26.595.171 personas, quienes eligieron los representantes al Senado, la Cámara y dos consultas para escoger candidato a la Presidencia del Partido Liberal y del Partido Polo Democrático Nacional.

De acuerdo con el calendario electoral, el próximo lunes 18 de enero se designarán los jurados de votación y el viernes 22 de enero se publicaran las listas de los ciudadanos seleccionados como jurados.

¿Qué es el censo electoral?



El Censo electoral es el conjunto de cédulas de ciudadanía aptas, correspondientes a electores que pueden votar en determinado lugar. El censo se actualiza con altas y bajas de las cédulas de ciudadanía, así:



Salen del censo:

· Ciudadanos fallecidos. La cancelación de la cédula se hace con base en el registro civil de defunción.

· Ciudadanos que renuncian a la nacionalidad colombiana.

· Ciudadanos condenados en sentencia judicial que incluye la interdicción de derechos y funciones públicas por un tiempo determinado

· Ciudadanos que ingresan a la fuerza pública en calidad de personal uniformado.



Entran al censo

· Quienes cumplen 18 años quedan automáticamente incluidos en el censo electoral al obtener su cédula de ciudadanía

· Quienes adquieren la nacionalidad colombiana quedan automáticamente incluidos en el censo electoral al obtener su cédula de ciudadanía

· Quienes tienen cédulas expedidas antes de 1988, no han votado desde entonces ni han inscrito su cédula ingresan al censo al momento de inscribir su cédula.

· Quienes salieron temporalmente del censo electoral reingresan a él cuando:

a. Ya cumplieron el tiempo de pena previsto en la sentencia condenatoria.

b. Dejaron de pertenecer a la fuerza pública en calidad de personal uniformado.



Información adicional: www.registraduria.gov.co

Tel: 2200885 – 2202880 ext 1278 - 1277