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viernes, 25 de diciembre de 2009
29´882.147 CIUDADANOS HABILITADOS PARA VOTAR EL 14 DE MARZO/2010 - COLOMBIA.
De acuerdo con el calendario establecido la Registraduría Nacional del Estado Civil culminó el proceso de actualización del censo electoral y la División Política para las elecciones de marzo de 2010. En total se instalarán 87.033 mesas.
En las últimas elecciones de Congreso, celebradas en marzo de 2006, el censo electoral ascendió a 26.595.171 ciudadanos.
Un total de 29.882.147 ciudadanos podrán participar en Colombia y en el exterior en los comicios que se realizarán el 14 de marzo de 2010 para decidir la conformación del Senado de la República, la Cámara de Representantes y los cinco representantes del país al Parlamento Andino.
El procesamiento del censo electoral para las elecciones del 14 de marzo de 2010 concluyó el 23 de diciembre e incluyó toda la información originada en los dos cortes que por mandato legal se le hacen al censo electoral: la incorporación de cédulas expedidas por primera vez, que se cerró cuatro meses antes de la elección, y las altas y bajas del personal retirado y activo de las fuerzas militares y de la policía nacional, cuya fecha de corte es tres meses antes de la elección. Adicionalmente se procesó toda la información resultante del proceso de inscripción de cédulas en Colombia y en el exterior y la depuración de las personas fallecidas.
En las estadísticas del proceso de actualización de censo, entre el 27 de mayo de 2009 y el 23 de diciembre de 2009, se incluyeron 433.258 cédulas expedidas a colombianos que adquirieron la mayoría de edad y 23.405 documentos de personas que recuperaron sus derechos políticos, entre otros.
Por su parte, las bajas del censo fueron de 57.796 personas por pérdida o suspensión de los derechos políticos, 168.860 documentos cancelados de ciudadanos fallecidos, 4.616 por doble cedulación y 79 por falsa identidad, entre otros.
La Registraduría Nacional del Estado Civil con participacion de diferentres estamentos gubernamentales, politicos y sociales, entre ellos el Movimiento Politico MIRA, adelantó el proceso de inscripción en todo el territorio nacional del 19 de octubre al 2 de noviembre. La primera semana el proceso se desarrolló en las diferentes sedes de la entidad y del 25 de octubre al 2 de noviembre se habilitaron los cerca de 10.000 puestos de votación para hacer la inscripción.
Por su parte en el exterior la inscripción se prolongó hasta el 13 de noviembre para permitir que los colombianos residentes en el exterior inscribieran su cédula y pudieran participar en los comicios de 2010.
En las elecciones al Congreso 2006, realizadas el 21 de junio, la cifra de colombianos habilitados para votar fue de 26.595.171 personas, quienes eligieron los representantes al Senado, la Cámara y dos consultas para escoger candidato a la Presidencia del Partido Liberal y del Partido Polo Democrático Nacional.
De acuerdo con el calendario electoral, el próximo lunes 18 de enero se designarán los jurados de votación y el viernes 22 de enero se publicaran las listas de los ciudadanos seleccionados como jurados.
¿Qué es el censo electoral?
El Censo electoral es el conjunto de cédulas de ciudadanía aptas, correspondientes a electores que pueden votar en determinado lugar. El censo se actualiza con altas y bajas de las cédulas de ciudadanía, así:
Salen del censo:
· Ciudadanos fallecidos. La cancelación de la cédula se hace con base en el registro civil de defunción.
· Ciudadanos que renuncian a la nacionalidad colombiana.
· Ciudadanos condenados en sentencia judicial que incluye la interdicción de derechos y funciones públicas por un tiempo determinado
· Ciudadanos que ingresan a la fuerza pública en calidad de personal uniformado.
Entran al censo
· Quienes cumplen 18 años quedan automáticamente incluidos en el censo electoral al obtener su cédula de ciudadanía
· Quienes adquieren la nacionalidad colombiana quedan automáticamente incluidos en el censo electoral al obtener su cédula de ciudadanía
· Quienes tienen cédulas expedidas antes de 1988, no han votado desde entonces ni han inscrito su cédula ingresan al censo al momento de inscribir su cédula.
· Quienes salieron temporalmente del censo electoral reingresan a él cuando:
a. Ya cumplieron el tiempo de pena previsto en la sentencia condenatoria.
b. Dejaron de pertenecer a la fuerza pública en calidad de personal uniformado.
Información adicional: www.registraduria.gov.co
Tel: 2200885 – 2202880 ext 1278 - 1277
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PREPARNOS PARA VOTAR EL 14 DE MARZO PARA SENADO - CAMARA Y PARLAMENTO ANDINO POR MIRA.
ResponderEliminarNUESTRO COMPROMISO ES CON TODOS .....