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Por una democracia deliberativa en el mundo y una Renovacion Absoluta en el ser humano .......
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martes, 9 de noviembre de 2010
EL COMPLEJO PROBLEMA DE "TIERRAS" EN COLOMBIA - INCODER: el otro collar de perlas finas .
Advierten algunas inconstitucionalidades en ponencia de ley de víctimas.
| SEMANA La Ley de víctimas empezará a ser discutida este martes en la Cámara de Representantes. |
Algunos de los promotores del proyecto manifestarán varios salvamentos de ciertos alcances del texto al considerar que no se ajustan a la Constitución. La discusión empezará este martes.
Aunque el proyecto de ley de víctimas ha sido uno de los más difíciles de consensuar en el Congreso, parece que su primer debate no estará exento de álgidas discusiones en torno a sus alcances.
Este martes, cuando la Comisión Primera de la Cámara de Representantes empiece el estudio del proyecto, varios de sus principales promotores pedirán la modificación de la redacción de seis artículos por considerar que podrían ser declarados inconstitucionales.
Los representantes Guillermo Rivera y Jorge Eliécer Gómez (P. Liberal), así como Alfonso Prada (P. Verde), firmaron la ponencia favorable del proyecto, pero hicieron salvamentos en dichos artículos. Y este martes, propondrán modificar algunos alcances del proyecto.
Parejas del mismo sexo
El tercer artículo del proyecto, al definir la condición de víctima excluye en su redacción a parejas del mismo sexo. Según el representante Guillermo Rivera esa redacción es discriminatoria y se aparta de los principios definidos por las Naciones Unidas en materia de reparación.
Este martes, cuando la Comisión Primera de la Cámara de Representantes empiece el estudio del proyecto, varios de sus principales promotores pedirán la modificación de la redacción de seis artículos por considerar que podrían ser declarados inconstitucionales.
Los representantes Guillermo Rivera y Jorge Eliécer Gómez (P. Liberal), así como Alfonso Prada (P. Verde), firmaron la ponencia favorable del proyecto, pero hicieron salvamentos en dichos artículos. Y este martes, propondrán modificar algunos alcances del proyecto.
Parejas del mismo sexo
El tercer artículo del proyecto, al definir la condición de víctima excluye en su redacción a parejas del mismo sexo. Según el representante Guillermo Rivera esa redacción es discriminatoria y se aparta de los principios definidos por las Naciones Unidas en materia de reparación.
Además, considera que la Constitución colombiana establece que ninguna ley puede ser discriminatoria.
Infracciones al DIH
Al definir la condición de víctima, fueron excluidos los miembros de grupos armados ilegales y sus familiares, pero esta definición podría ser inconstitucional en casos de infracciones al Derecho Internacional Humanitario.
Rivera explica que hay acuerdo en que los miembros de grupos irregulares y sus familias no podrán acceder a la reparación por haber sufrido un menoscabo en actos terroristas o propios del enfrentamiento con la fuerza pública.
Pero en casos donde se haya presentado una clara violación al DIH deberán tener acceso a la reparación.
El ejemplo que pone Rivera es el caso de la guerrillera del M-19 Irma Franco. La Fiscalía ha demostrado que no murió en un combate propio del conflicto, sino que salió viva del Palacio de Justicia y posteriormente fue desaparecida. “Eso es una clara violación al DIH”.
Para Rivera, el proyecto debería ajustar esta condición, no sólo porque se ajusta a los principios internacionales, sino que le daría legitimidad al conflicto. “no es de buena presentación desconocer estas infracciones.
Garantías para perseguir los bienes de victimarios
El artículo noveno del proyecto establece que los victimarios serán los encargados de reparar a las víctimas, pero si no tienen como responder, el Estado establecerá la indemnización administrativa, que sería de cerca de 40 millones de pesos.
Lo que buscan los representantes que presentaron su salvamento es que el Estado no debe limitarse a la indemnización, sino que debe establecer las plenas garantías para perseguir los bienes de los victimarios.
Por eso propondrán en el debate que el texto incluya la creación de una Unidad Especializada en la Fiscalía para perseguir las operaciones fraudulentas y descubrir los bienes de los victimarios.
Reubicación de los desplazados
El artículo 154 del proyecto que busca garantizar la atención integral a los desplazados que decidan retornar o reubicarse en determinados lugares impone la condición de permanecer cinco años en el lugar elegido para ver garantizados sus derechos.
Esto quiere decir que la población desplazada, para obtener los beneficios de la ley deberán acreditar su permanencia durante ese periodo de tiempo
Guillermo Rivera explica que es inconstitucional imponerle cargas añadidas a cualquier ciudadano como condición para que se reestablezcan sus derechos.
Restitución integral
El artículo 57 que establece las medidas de restitución podría ser excluyente si se concentra exclusivamente en la restitución de tierras, como lo establece la ponencia.
Para Rivera la redacción debe estar ajustada a los principios internacionales, que establecen que la restitución debe ser el regreso a las mismas condiciones que la víctima tenía antes de sufrir el menoscabo.
Esto quiere decir que la restitución no debe concentrarse en el regreso a las tierras o en la reubicación, sino que debe garantizar igualmente la restitución de bienes inmuebles.
Estos podrían ser los principales temas controversiales durante el primer debate de este proyecto que arrancará, como está previsto, en la mañana de este martes.
Infracciones al DIH
Al definir la condición de víctima, fueron excluidos los miembros de grupos armados ilegales y sus familiares, pero esta definición podría ser inconstitucional en casos de infracciones al Derecho Internacional Humanitario.
Rivera explica que hay acuerdo en que los miembros de grupos irregulares y sus familias no podrán acceder a la reparación por haber sufrido un menoscabo en actos terroristas o propios del enfrentamiento con la fuerza pública.
Pero en casos donde se haya presentado una clara violación al DIH deberán tener acceso a la reparación.
El ejemplo que pone Rivera es el caso de la guerrillera del M-19 Irma Franco. La Fiscalía ha demostrado que no murió en un combate propio del conflicto, sino que salió viva del Palacio de Justicia y posteriormente fue desaparecida. “Eso es una clara violación al DIH”.
Para Rivera, el proyecto debería ajustar esta condición, no sólo porque se ajusta a los principios internacionales, sino que le daría legitimidad al conflicto. “no es de buena presentación desconocer estas infracciones.
Garantías para perseguir los bienes de victimarios
El artículo noveno del proyecto establece que los victimarios serán los encargados de reparar a las víctimas, pero si no tienen como responder, el Estado establecerá la indemnización administrativa, que sería de cerca de 40 millones de pesos.
Lo que buscan los representantes que presentaron su salvamento es que el Estado no debe limitarse a la indemnización, sino que debe establecer las plenas garantías para perseguir los bienes de los victimarios.
Por eso propondrán en el debate que el texto incluya la creación de una Unidad Especializada en la Fiscalía para perseguir las operaciones fraudulentas y descubrir los bienes de los victimarios.
Reubicación de los desplazados
El artículo 154 del proyecto que busca garantizar la atención integral a los desplazados que decidan retornar o reubicarse en determinados lugares impone la condición de permanecer cinco años en el lugar elegido para ver garantizados sus derechos.
Esto quiere decir que la población desplazada, para obtener los beneficios de la ley deberán acreditar su permanencia durante ese periodo de tiempo
Guillermo Rivera explica que es inconstitucional imponerle cargas añadidas a cualquier ciudadano como condición para que se reestablezcan sus derechos.
Restitución integral
El artículo 57 que establece las medidas de restitución podría ser excluyente si se concentra exclusivamente en la restitución de tierras, como lo establece la ponencia.
Para Rivera la redacción debe estar ajustada a los principios internacionales, que establecen que la restitución debe ser el regreso a las mismas condiciones que la víctima tenía antes de sufrir el menoscabo.
Esto quiere decir que la restitución no debe concentrarse en el regreso a las tierras o en la reubicación, sino que debe garantizar igualmente la restitución de bienes inmuebles.
Estos podrían ser los principales temas controversiales durante el primer debate de este proyecto que arrancará, como está previsto, en la mañana de este martes.
Cortesia: Semana.com
domingo, 7 de noviembre de 2010
Indemnización por pérdida de capacidad laboral: 1 año para reclamarla ante la ARP.
Cuando se da un accidente o enfermedad de origen profesional y ésta genera pérdida de capacidad laboral, pero no al punto de ser beneficiario de una Pensión de Invalidez, nace el derecho a indemnización, pero se tiene sólo 1 año para reclamar.
Cuando un trabajador, afiliado a una ARP por parte de su empleador, o bien, afiliado como independiente y tiene un accidente o enfermedad de origen profesional, tiene derecho a prestaciones económicas que serán cubiertas por la ARP.Si la pérdida de capacidad laboral es superior al 50% y de manera permanente, tendrá derecho a una Pensión de Invalidez.
Pero si la pérdida de capacidad, cualquiera que sea su porcentaje (superior al 5%), es de manera transitoria y una vez se sobrepase dicho periodo de invalidez, su pérdida de capacidad laboral queda por debajo del 50%, tendrá derecho al pago de una única indemnización.
¿En qué momento nace el derecho a reclamar la indemnización por pérdida de capacidad laboral?
A partir del momento en que es notificado del dictamen definitivo de su invalidez o pérdida de capacidad laboral.¿Cuánto tiempo se tiene para reclamar las indemnizaciones ante la ARP?
Según el artículo 18 de la Ley 776 de 2002, se tiene de 1 año, contado a partir de la notificación del dictamen definitivo. (Para mesadas pensionales, el término será de 3 años, contados a partir de la notificación del dictamen definitivo).Ojo: No tiene que estar afiliado al momento de la reclamación
Existen muchos casos donde por error se deja de reclamar los derechos económicos ante la ARP, ya que se cree que para reclamar se tiene que estar afiliado al momento de la reclamación ante la misma ARP de la época del accidente o enfermedad de origen profesional, cuando eso no es necesario.Por ejemplo: Si el trabajador tuvo un accidente o enfermedad de origen profesional hace unos meses o años atrás estando afiliado ante la ARP “XYZ”, pero por algún motivo fue desvinculado del trabajo y no le iniciaron su proceso de calificación de pérdida de capacidad laboral, nada le impide para solicitarle a la ARP de la época, para que le de inicie su proceso de calificación y su respectivo pago de indemnización o pensión, según el caso.
¿Cuándo se considera que hay notificación del dictamen definitivo?
Existe un trámite para solicitar la calificación de pérdida de capacidad laboral ante la ARP, todos sus pasos, términos para objetar, apelar, presentar pruebas, costos, no lo recuerda el Ministerio de Protección Social en su Concepto 270910, del pasado 14 de Septiembre de 2010.Veamos:
“ […] Efectuada la solicitud ante la ARP, ésta tiene 30 días para realizar la calificación y notificar a las partes interesadas (trabajador y empleador) art. 5° del Decreto 2463 de 2001.
Si alguno de esos interesados no está de acuerdo con dicha decisión, deben expresar su inconformidad, a la entidad que calificó conforme al segundo inciso del artículo 52 de la Ley 962 de 2005: “En caso de que el interesado no esté de acuerdo con la calificación, dentro de los 5 días siguientes a la manifestación que hiciere sobre su inconformidad, se acudirá a las Juntas de Calificación de Invalidez del orden regional, cuya decisión será apelable ante la Junta Nacional. Contra dichas decisiones proceden las acciones legales.”.
Una vez la AFP reciba la inconformidad, debe remitir el caso dentro de los 5 días siguientes al recibo de ésta, en primera instancia a la Junta Regional de Calificación de Invalidez.
De acuerdo al parágrafo 2° del artículo 6° del Decreto 2463 de 2001: “El costo de los honorarios que se debe sufragar a las juntas de calificación de invalidez, será asumido por la última entidad administradora de riesgos profesionales o fondo de pensiones al cual se encuentre o se encontraba afiliado el trabajador y podrá repetir el costo de los mismos contra la persona o entidad que resulte responsable del pago de la prestación correspondiente, de conformidad con el concepto emitido por las juntas de calificación de invalidez.
El artículo 28 del Decreto 2463/2001, estipula que una vez radicados los documentos para la calificación, la junta de calificación tiene un término de seis (6) días para realizar la calificación y notificarla al trabajador.
Si la calificación realizada por Junta Regional de Calificación de Invalidez, no cumple con sus expectativas, usted puede hacer uso de los recursos de reposición en subsidio de apelación, establecidos en el artículo 33 y 34 del Decreto en mención y tiene un término de 10 días después de la notificación del dictamen para hacer uso de él, exponiendo los motivos de inconformidad y aportando las pruebas que se quiera hacer valer. La Junta de Calificación de Invalidez tiene un término de 10 días para resolver este recurso.
En el caso que la Junta Regional de Calificación de Invalidez, en el recurso de reposición no cambien la decisión, automáticamente mediante el subsidio de apelación pasa el caso directamente a la Junta Nacional de Calificación de Invalidez„ dentro de los dos (2) días siguiente a la apelación. Contando esta junta con un término de 6 días para estudiar el caso, evaluarlo y citarlo a la audiencia.
De acuerdo a los artículos 33 y 34 del Decreto 2463 los recursos además de expresar la inconformidad por el dictamen emitido tienen por objeto aportar las pruebas o documentos que se quieran hacer valer y que puedan influenciar en el grupo calificador la toma de decisiones frente a la calificación realizada.
Conforme al artículo 35° del Decreto 2463/2001, ante los dictámenes de la Junta Nacional no procede recurso alguno. Las inconformidades serán dirimidas por la justicia laboral ordinaria.
Los costos de los honorarios de las juntas deben ser asumidos por la entidad aseguradora, conforme al artículo 50 del Decreto 2463/2001 y a la sentencia de la Suprema Corte de Justicia C 164 del 23 de febrero de 2.000, del magistrado José Gregorio Hernández Galindo. […] “.
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- Cortesia:
Actualicese.com
En China habrá un bus que se 'traga' los trancones.
Es un bus que permite el tránsito de carros por debajo. Cuesta diez veces menos que un metro.
Los chinos están próximos a sorprender al mundo con un sistema de transporte sobre la superficie, al que han llamado "tren túnel", el cual reducirá sustancialmente los incómodos atascos y todo lo que estos implican.Se trata de una plataforma de 6 metros de ancho y entre 4 y 4,5 metros de alto, en forma de U al revés, que se puede desplazar sobre rieles o sobre el suelo corriente y -lo verdaderamente revolucionario- permite el paso, por debajo, de autos de máximo dos metros de alto, de modo que, en movimiento o estacionado, no causará traumatismo alguno en la vía y evitará los incómodos trancones.
El desplazamiento es por rieles -no los tradicionales, que sobresalen, sino a ras del piso, lo cual no obstaculiza el paso de los vehículos que van por debajo-, que, por el enorme peso que soportan, impedirían que se presentara el caos del suelo que enfrenta, por ejemplo, TransMilenio, por las maltrechas losas.
El peso de la mole queda muy compensado en los mencionados rieles. Además, existe la posibilidad de correr dentro de unas líneas en el suelo, asociadas a un preciso piloto automático, que 'lo obligan' a no salirse de ellas.
Dispondrá de un rayo láser y de unas sondas ultrasónicas, que impedirán el acceso de automóviles de más de dos metros de altura.
Para abordarlo, se usa el mismo sistema de TransMilenio, es decir, las estaciones se construyen en el separador de la vía, lo cual evita la congestión debida a la cantidad de pasajeros.
La comodidad es comparable a la de un avión y cada tren podrá transportar entre 1.200 y 1.400 pasajeros.
En caso de algo fortuito, como un accidente, sus paredes, automáticamente, se abren y se convierten en deslizaderos, idénticos a los de los aviones, para que los usuarios puedan evacuar el tren sin ningún problema.
Por otro lado, la contaminación ambiental se reduce en 30 por ciento, pues es movido con energía eléctrica y solar.
Cuesta menos que el metro
Cuarenta kilómetros de adecuación de las vías y los vehículos respectivos costarían algo como la décima parte de lo que habría que gastar en un metro.
Otra de las tantas ventajas es que, mientras 40 kilómetros de metro se construirían en tres años, este sistema tomaría únicamente un año.
El traumatismo en las vías "se reduciría" a la construcción de las plataformas para las estaciones -de 6 metros- y al traslado de los postes de energía actuales y -obviamente- a la puesta de los rieles o al reforzamiento del suelo.
Así las cosas, bastarían unas pocas unidades para solucionar el tan cacareado debate sobre el tráfico, por ejemplo, en la carrera Séptima.
El genio de este sistema de transporte se llama Song Youzhou y los fabricantes son Shenzhen Hashi Future Parking Equipment Co., quienes realizarán el primer experimento a finales de este año, sobre 186 kilómetros, en el distrito de Mentougou de Pekín, China.
Ventajas en comparación con el sistema de metro
Un menor costo por kilómetro construido, que puede llegar a algo como la décima parte del costo de aquél.
No se producen esos caóticos traumatismos en las vías: no hay que hacer excavaciones profundas.
Cuarenta kilómetros se construyen en un año, contra los tres años del metro.
No genera trancones, pues, parado o en movimiento, por debajo pueden pasar autos de hasta dos metros de altura.
Se disfruta del paisaje, pues se desplaza al aire libre.
Reduce la producción de CO2 contaminante entre 30% y 40%.
Es más económico, pues opera con energía eléctrica y solar.
La velocidad de desplazamiento está entre los 40 y los 60 kilómetros por hora.
Estacionados, no ocupan enormes espacios, pues siguen funcionando como túneles.
Cortesia: Antonio J. Arias B. - EL TIEMPO.COM
viernes, 5 de noviembre de 2010
EL EMPLEO EN EL SERVICIO DOMESTICO - PRESTACIONES LABORALES.
Cada vez es más frecuente que los colombianos tengan una empleada de servicio doméstico. El problema es que las partes desconocen los derechos y deberes que deben cumplirse a la hora de prestar estos servicios.
Son muchos los colombianos que cuando contratan a una persona como trabajador doméstico, no tienen en cuenta lo que establecen las leyes laborales vigentes. Conozca todo lo que trabajadores y empleadores deben saber al momento de contratar la prestación de los servicios domésticos.
¿Qué es un trabajador del servicio doméstico?
Trabajador del servicio doméstico es aquella persona natural que a cambio de una remuneración, presta su servicio personal en forma directa en un hogar o casa de familia, de manera habitual, bajo continuada subordinación o dependencia, residiendo o no en el lugar de trabajo. Es una persona natural dedicada a la ejecución de tareas de aseo, cocina, lavado, planchado, cuidado de niños y demás tareas propias del hogar.
¿Bajo qué modalidades pueden desarrollarse las actividades del servicio doméstico? Las empleadas domésticas pueden desarrollar su actividad como internas, es decir, viviendo en el lugar o sitio de trabajo, y por días, si sólo laboran algunos días de la semana y no residen en el lugar de trabajo.
¿El servicio doméstico necesita contrato de trabajo?
Sí. Como en el caso de cualquier otro trabajo, el contrato puede ser verbal o escrito y en cualquiera de las dos formas tiene la misma validez y puede ser indefinido o a término fijo. Cuando se hace verbalmente se asume que es a término indefinido. Cuando el contrato sea verbal, la empleada y el empleador deben ponerse de acuerdo sobre los siguientes puntos: las actividades a desarrollar, la cuantía y forma de pago, los horarios y duración del contrato.
En el caso de que el contrato sea escrito, debe quedar claro lo siguiente: la identificación y domicilio del empleador y la empleada, lugar y fecha de su celebración, dónde se va a prestar el servicio, la naturaleza del trabajo, duración, salario (forma de pago y monto) y horario (jornada laboral). También es importante que quede registrado en el contrato si como parte del salario hay pago en especie (habitación y alimentación) y estimar su valor.
¿Las empleadas del servicio doméstico tienen período de prueba?
Las empleadas del servicio doméstico también tienen período de prueba, el cual corresponde a los primeros 15 días de servicio. En este período cualquiera de las partes puede dar por terminado el contrato sin previo aviso y sin que haya lugar a reconocimiento de indemnización, pero sí del pago de prestaciones sociales.
¿Cómo se paga el salario de las empleadas domésticas internas y por días?
La remuneración total no puede ser inferior al salario mínimo legal vigente. El salario puede ser pactado todo en dinero o parte en dinero y parte en especie, esto es alimentación, vestuario y alojamiento. Cuando se haya acordado salario en especie y la empleada devengue el salario mínimo, el valor del salario en especie no puede ser mayor al 30%
Es importante tener en cuenta que el pago del auxilio de transporte es obligatorio a favor de quienes no trabajan como internas y devenguen menos de 2 salarios mínimos mensuales.
Para determinar el salario diario de las empleadas que trabajan por días debe tenerse en cuenta lo siguiente: Salario mínimo vigente + auxilio de transporte = un día de salario.
¿Cuál es la jornada máxima legal para las empleadas del servicio doméstico y cómo se cancelan los recargos?
La Corte Constitucional dispuso que la jornada máxima legal diaria de las empleadas internas es de 10 horas, lo que permite que las partes puedan acordar una jornada inferior a la jornada máxima.
Si esta jornada se realiza entre las 6:00 a.m. y las 10:00 p.m., es considerada como trabajo ordinario y no contempla ningún tipo de recargo. Si la jornada ordinaria tiene lugar entre las 10:00 p.m. y las 6:00 a.m., se entiende como trabajo nocturno y tiene un recargo del 35% sobre el salario diurno.
Esto quiere decir que si la empleada trabaja en ese período, aunque sea unas horas, se le debe reconocer el recargo por las horas trabajadas. Cuando el horario de trabajo de la empleada excede el horario establecido dentro de la jornada ordinaria, debe reconocerse el pago de la hora normal más el incremento de un porcentaje según el caso.
Por ejemplo, si la empleada trabaja horas adicionales dentro de la jornada diurna, debe reconocerse el 25% sobre el valor de la hora ordinaria, mientras que si las horas adicionales corresponden a la jornada nocturna, debe cancelarse el recargo de las horas extras nocturnas con un 75% sobre el valor de la hora en jornada diurna.
¿En qué consisten las prestaciones sociales y a cuáles de estas prestaciones tienen derecho las empleadas domésticas?
Las prestaciones sociales consisten en un conjunto de beneficios que contemplan: el auxilio de cesantía y dotación de calzado y vestido de labor. Las empleadas del servicio doméstico tienen derecho a todas estas garantías, como cualquier otro trabajador. Estas obligaciones corren por cuenta del empleador.
Cortesia: Finanazaspersonales.com.co
PARA REFLEXIONAR.
“Existen un sinnúmero de hechos, que se realizan en la vida cotidiana, sin reflexionar al momento de desarrollarlas o de expresarlas, la mayoría producto de nuestras vivencias que inesperadamente se encuentran con un final trágico”
Recuerdan a
Kaleth Morales. No olvidemos lo que paso con él, con su canción VIVO EN EL LIMBO.
Por si no lo sabían el limbo significa vivir en el infierno y que le paso…………….. LAS PALABRAS TIENEN PODER POR ESO ANTES DE CANTAR ALGUNA CANCION ANALICE QUE ES LO QUE ESTA CANTANDO POR QUE ESO MISMO ESTARA DECLARANDO PARA SU VIDA ……
SEGURO NO SABIAS HASTA AHORA QUE..
¡La muerte es cierta, pero la Biblia habla sobre la muerte intempestiva!
Haga una reflexión personal sobre esto......
Muy interesante, lea hasta el final.....
Escrito en la Biblia (Galatas 6:7 - Galatians 6:7):
Haga una reflexión personal sobre esto......
Muy interesante, lea hasta el final.....
Escrito en la Biblia (Galatas 6:7 - Galatians 6:7):
No se engañe; De Dios no se burla NADIE, en absoluto lo que un hombre ha sembrado, eso debe él recoger.
Aquí estan algunos hombres y mujeres
que se burlaron de Dios:
John Lennon (Cantante):
Algunos años antes, durante su entrevista con una revista americana, él dijo:
'La Cristiandad acabará, desaparecerá. Yo no tengo que discutir sobre eso.. Yo estoy seguro. Jesús era ok, pero sus asuntos eran demasiado simples. Hoy nosotros somos más famosos que Él' (1966).
Lennon, después de decir que los Beatles eran más famosos que Jesús Cristo, le dispararon seis veces.
'La Cristiandad acabará, desaparecerá. Yo no tengo que discutir sobre eso.. Yo estoy seguro. Jesús era ok, pero sus asuntos eran demasiado simples. Hoy nosotros somos más famosos que Él' (1966).
Lennon, después de decir que los Beatles eran más famosos que Jesús Cristo, le dispararon seis veces.
Tancredo Neves (Presidente de Brazil):
Durante la campaña Presidencial, él dijo que si consiguiera 500,000 votos de su fiesta, ni Dios lo quitaría de la Presidencia.
Efectivamente él consiguió los votos, pero se enfermó un día antes de ser hecho Presidente, y murió..
Efectivamente él consiguió los votos, pero se enfermó un día antes de ser hecho Presidente, y murió..
Cazuza (el compositor brasileño Bi-sexual, cantante y poeta):
Durante una muestra en Canecio (Río de Janeiro), mientras fumaba su cigarro, él resopló fuera algún humo en el aire y dijo: 'Dios esto es para ti.'
Él se murió a la edad de 32 de SIDA de una manera horrible.
Él se murió a la edad de 32 de SIDA de una manera horrible.
El hombre que construyó el Titánic
Después de la construcción del Titanic, un reportero le preguntó cuan seguro sería.
Con un tono irónico él dijo: 'Ni Dios puede hundirlo'
El resultado: Yo pienso que usted y todos sabemos lo que le pasó al Titánic.
Con un tono irónico él dijo: 'Ni Dios puede hundirlo'
El resultado: Yo pienso que usted y todos sabemos lo que le pasó al Titánic.
Marilyn Monroe (Actriz)
Ella fue visitada por Billy Graham durante una presentación de un show. Él dijo que el Espíritu de Dios le había enviado a predicarle a ella.
Después de oír lo que el Predicador tenía que decir, ella dijo:
'Yo no necesito a su Jesús.'
Una semana después, ella se encontró muerta en su apartamento.
Después de oír lo que el Predicador tenía que decir, ella dijo:
'Yo no necesito a su Jesús.'
Una semana después, ella se encontró muerta en su apartamento.
Bon Scott (Cantante)
El ex-vocalista de AC/DC. En una de sus canciones de 1979, cantó:
No me detenga, yo estoy bajando todo el camino, bajando por la carretera al infierno'.
(highway to hell)
"Nobody's gonna slow me down
Like a wheel, gonna spin it
Nobody's gonna mess me round
Hey Satan, payed my dues
Playing in a rocking band
Hey Momma, look at me
I'm on my way to the promised land
I'm on the highway to hell
(Don't stop me)
And I'm going down, all the way down
I'm on the highway to hell"
El 19 de febrero de 1980, Bon Scott se encontró muerto, ahogado por su propio vómito.
No me detenga, yo estoy bajando todo el camino, bajando por la carretera al infierno'.
(highway to hell)
"Nobody's gonna slow me down
Like a wheel, gonna spin it
Nobody's gonna mess me round
Hey Satan, payed my dues
Playing in a rocking band
Hey Momma, look at me
I'm on my way to the promised land
I'm on the highway to hell
(Don't stop me)
And I'm going down, all the way down
I'm on the highway to hell"
El 19 de febrero de 1980, Bon Scott se encontró muerto, ahogado por su propio vómito.
Campinas (EN 2005)
En Campinas, Brasil un grupo de amigos, borrachos, fue a recoger una amiga.....
La madre la acompañó al automóvil y estaba tan angustiada sobre
la embriaguez de sus amigos y le dijo a la hija , sosteniendo su mano, ya sentada en el automóvil: 'Mi hija, Vaya Con Dios y permita que Él la Proteja..
Ella respondió: 'Sólo Si Él (Dios) viaja en el maletero, porque aqui dentro ya está Lleno '
Horas despues las noticias vinieron que ellos habían estado envueltos en un fatal accidente, todos habían muerto, el automóvil no podría reconocerse, pero sorprendentemente, el maletero estaba intacto.
La policía dijo que no había ninguna manera de que el maletero podría permanecer intacto.
Dentro del maletero habia una canasta de huevos, para su sorpresa, ninguno estaba roto.
La madre la acompañó al automóvil y estaba tan angustiada sobre
la embriaguez de sus amigos y le dijo a la hija , sosteniendo su mano, ya sentada en el automóvil: 'Mi hija, Vaya Con Dios y permita que Él la Proteja..
Ella respondió: 'Sólo Si Él (Dios) viaja en el maletero, porque aqui dentro ya está Lleno '
Horas despues las noticias vinieron que ellos habían estado envueltos en un fatal accidente, todos habían muerto, el automóvil no podría reconocerse, pero sorprendentemente, el maletero estaba intacto.
La policía dijo que no había ninguna manera de que el maletero podría permanecer intacto.
Dentro del maletero habia una canasta de huevos, para su sorpresa, ninguno estaba roto.
Christine Hewitt (Periodista jamaiquina y animadora) dijo:
La Biblia ( la Palabra de Dios) fue el peor libro escrito en la vida.
En junio del 2006 ella se encontró quemada imposible de ser reconocida en su carro
En junio del 2006 ella se encontró quemada imposible de ser reconocida en su carro
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Muchos de las personas más importantes se han olvidado, que no hay ningún otro nombre al que se dio tanta autoridad como el nombre de Jesús.
Muchos se han muerto, pero sólo Nuestro Señor JESUCRISTO murió, resucito y VIVE.
Muchos se han muerto, pero sólo Nuestro Señor JESUCRISTO murió, resucito y VIVE.
"PARA COMPLEMENTAR ESTA REFLEXION QUIERO DEJARLOS CON ESTE HERMOSA PROSA AL DIOS ETERNO, OMNIPOTENTE Y MARAVILLOSO, QUE VIVE EN CADA CORAZON LLENO DE SU SANTO AMOR Y DE SU SANTA SABIDURIA, LA ESENCIA DE NUESTRA EXISTENCIA".
Señor te doy gracias por la salud que tengo,
te doy gracias también por los problemas en la vista y en mi rodilla,
ellos permiten que comprenda a los ancianos y a los que tienen limitaciones físicas.
Gracias Señor porque tengo trabajo
gracias también, porque ése trabajo me dignifica sin absorberme.
Gracias porque trabajo en lo que me gusta,
porque le pongo ganas a la tarea
sin que ello signifique quedarme sin tiempo
para mirar a las cosas verdaderas.
Gracias por el dinero que gano de manera honrada
porque ése dinero me alcanza para algunas cosas y
otras tantas quedan en el tintero,
ello me permite visualizar una meta.
Gracias porque el dinero representa un medio en mi vida,
pero jamás será un fin.
Gracias por los bienes materiales que poseo
y por los que me faltan, ellos le dan sentido al esfuerzo cotidiano.
Gracias por el nivel de estudios que he alcanzado
y por tantas trabas que tuve para lograrlo,
ellas me permiten comprender que no siempre
se puede todo lo que se quiere.
Gracias porque tengo viva a mi madre y puedo compartir
con ella un mate aunque discutamos
y muchas veces no estemos de acuerdo.
Gracias por las veces en que mi hija me pide un espacio
para hablar "de mujer a mujer".
Gracias por las veces que la encuentro dormida en su cama
y la acaricio, como cuando era mi nena.
Gracias por el hombre que hoy amo,
no es el mejor ni es perfecto,
es humano.
Gracias porque no lo tengo a mi lado,
he podido comprender que puedo ser un ser entero,
sin un varón que me complemente.
Gracias por tanto dolor en mi vida,
He muerto muchas veces infinidad de muertes cotidianas
y he resurgido cada día con más fuerza y con más ganas.
Gracias por los años que he vivido, aunque mi rostro
denote el paso de los años,
además de las tristezas, luzco las marcas de las alegrías.
Gracias Señor porque cada noche, cuando hago el recuento
de lo vivido, el saldo es siempre positivo
y porque cada mañana, cuando despierto,
me regalas la posibilidad de hacer borrón
y comenzar de nuevo.
Gracias por los pocos amigos que me acompañan hace muchos años
y por los que antes fueron y hoy no están,
ellos son la cuota de consuelo, de afecto, que tanto necesito.
Gracias porque quién se siente contrincante,
señala mis errores y me permite mejorar.
Gracias, porque siento que estoy viva
en lugar de perdurar.
te doy gracias también por los problemas en la vista y en mi rodilla,
ellos permiten que comprenda a los ancianos y a los que tienen limitaciones físicas.
Gracias Señor porque tengo trabajo
gracias también, porque ése trabajo me dignifica sin absorberme.
Gracias porque trabajo en lo que me gusta,
porque le pongo ganas a la tarea
sin que ello signifique quedarme sin tiempo
para mirar a las cosas verdaderas.
Gracias por el dinero que gano de manera honrada
porque ése dinero me alcanza para algunas cosas y
otras tantas quedan en el tintero,
ello me permite visualizar una meta.
Gracias porque el dinero representa un medio en mi vida,
pero jamás será un fin.
Gracias por los bienes materiales que poseo
y por los que me faltan, ellos le dan sentido al esfuerzo cotidiano.
Gracias por el nivel de estudios que he alcanzado
y por tantas trabas que tuve para lograrlo,
ellas me permiten comprender que no siempre
se puede todo lo que se quiere.
Gracias porque tengo viva a mi madre y puedo compartir
con ella un mate aunque discutamos
y muchas veces no estemos de acuerdo.
Gracias por las veces en que mi hija me pide un espacio
para hablar "de mujer a mujer".
Gracias por las veces que la encuentro dormida en su cama
y la acaricio, como cuando era mi nena.
Gracias por el hombre que hoy amo,
no es el mejor ni es perfecto,
es humano.
Gracias porque no lo tengo a mi lado,
he podido comprender que puedo ser un ser entero,
sin un varón que me complemente.
Gracias por tanto dolor en mi vida,
He muerto muchas veces infinidad de muertes cotidianas
y he resurgido cada día con más fuerza y con más ganas.
Gracias por los años que he vivido, aunque mi rostro
denote el paso de los años,
además de las tristezas, luzco las marcas de las alegrías.
Gracias Señor porque cada noche, cuando hago el recuento
de lo vivido, el saldo es siempre positivo
y porque cada mañana, cuando despierto,
me regalas la posibilidad de hacer borrón
y comenzar de nuevo.
Gracias por los pocos amigos que me acompañan hace muchos años
y por los que antes fueron y hoy no están,
ellos son la cuota de consuelo, de afecto, que tanto necesito.
Gracias porque quién se siente contrincante,
señala mis errores y me permite mejorar.
Gracias, porque siento que estoy viva
en lugar de perdurar.
Cortesia: amiga escritora
martes, 2 de noviembre de 2010
LA CORRUPCION EN COLOMBIA.
La Directora de Transparencia por Colombia examina brevemente los alcances, las causas, las mediciones y los posibles remedios de una enfermedad que nos está destruyendo.
Cáncer de la democracia
"No puede haber democracia sin lucha contra la corrupción, porque la corrupción no es solamente un delito, es un sistema de poder alternativo al sistema democrático de poder. Lo mismo pasa con los mafiosos, los mafiosos no son solamente criminales, la mafia es un sistema de poder económico, un sistema de poder político, un sistema de poder religioso, un sistema de poder financiero(...) La nueva corrupción del tercer milenio se llama conflicto de intereses. El conflicto de intereses destruye la democracia, el libre mercado, destruye el normal funcionamiento del sistema".
Esta frase, pronunciada por Leoluca Orlando, diputado italiano y ex alcalde de Palermo durante una visita a Bogotá el mes noviembre de 2009[1], sintetiza de manera contundente los alcances e implicaciones de la corrupción en el mundo.
En particular, es importante llamar la atención sobre la relación que establece entre corrupción y democracia. Las prácticas corruptas impiden materializar los principios y los objetivos del Estado Social de Derecho, en la medida en que concentran en manos de unos pocos los recursos y bienes que deberían destinarse a intereses colectivos; distorsionan la toma de decisiones a favor de intereses particulares; aumentan los costos de administración de bienes y servicios públicos y privados; debilitan el respeto por la autoridad, erosionan la confianza ciudadana en las instituciones, y contribuyen a debilitar la legitimidad del Estado.
También es relevante señalar la vinculación que según Orlando existe entre la corrupción y los actores y acciones de naturaleza mafiosa. Esto es especialmente cierto para el caso colombiano, donde esta relación se ha puesto en evidencia de manera contundente en los últimos años, cuando sectores vinculados con actividades ilegales -narcotráfico y paramilitarismo- resultaron comprometidos en la captura y la reconfiguración cooptada del Estado, fenómenos evidentemente imbricados con prácticas corruptas. No en vano varios analistas colombianos, han hablado de la existencia de un círculo perverso entre corrupción, violencia y narcotráfico.
Una corrupción más grave
Por ejemplo, Luis Jorge Garay se refiere a este fenómeno en los siguientes términos: "Aquello que, hasta hace algunos años, se conocía como corrupción -el soborno, la adjudicación indebida de contratos, el clientelismo y el desvío de recursos públicos- ha cambiado al punto de que actualmente sólo puede analizarse y entenderse en un contexto más amplio que el tradicional, ante el papel determinante que han ejercido procesos y actores de corte mafioso"[2].
Esto hace que la acepción tradicional de la corrupción, que ha sido definida por Transparencia Internacional como "el abuso de posiciones de poder o de confianza, para el beneficio particular en detrimento del interés colectivo, realizado a través de ofrecer o solicitar, entregar o recibir bienes o dinero en especie, en servicios o beneficios, a cambio de acciones, decisiones u omisiones", se quede corta para entender la complejidad del fenómeno en sociedades como la nuestra. Y que sea necesario abordarla como una "práctica funcional en la organización económica, política y social existente que se manifiesta bajo una lógica de interacción de agentes para la satisfacción de intereses de grupos poderosos legales e ilegales al margen del mercado y en veces de la institucionalidad, en detrimento de intereses y propósitos de la colectividad"[3].
Debilidad de Colombia
Además de lo anterior, hay algunas condiciones estructurales del Estado colombiano, del sistema y del ejercicio político que se constituyen en caldo de cultivo para la corrupción. Entre ellas,
- La concentración creciente del poder en el Ejecutivo y las debilidades del sistema de pesos y contrapesos;
- El clientelismo;
- La impunidad;
- La falta de transparencia en la financiación de la política;
- La "cultura del atajo" y el "todo vale";
- Una débil cultura de rendición de cuentas;
- El incumplimiento por parte de muchas entidades públicas del derecho de acceso a la información;
- Fallas en el diseño de la institucionalidad estatal, e
- Incumplimiento de la normatividad vigente.
Además, la corrupción está inmersa en toda la sociedad, involucrando al sector público, al sector privado y a la ciudadanía. Dicho en otras palabras, el fenómeno parece estar relacionado con causas de orden ético, social, político y administrativo.
Mal en el ranking mundial
Las diferentes mediciones realizadas sobre la corrupción en Colombia muestran un panorama bastante desalentador. Según el Índice de Percepción de Corrupción 2010 de Transparencia Internacional, Colombia obtuvo un puntaje de 3,5 (siendo "0" la calificación más baja, es decir alta percepción de corrupción, y 10 la más alta, o sea la percepción de corrupción más baja). Esto sitúa al país en el puesto 78 entre 178 países evaluados. De otra parte, en el contexto americano, Colombia ocupa el décimo puesto (entre 18) y en el Latinoamericano, el cuarto (El Cuadro anexo al final de este artículo presenta la información desagregada).
Adicionalmente debo resaltar que durante los últimos doce años no ha habido cambios significativos, lo cual indica que las políticas y acciones emprendidas para enfrentar la corrupción no han sido eficaces.
De otra parte, según el Barómetro Global de Corrupción 2009 (cuadros 1 y 2), Colombia tiene uno de los niveles más altos de desconfianza en los partidos políticos y en el poder legislativo del Continente. Estas instituciones son percibidas como las más permeadas por la corrupción. De la misma manera, Colombia es el país que en mayor grado percibe al sector privado como corrupto, al igual que a los medios, los funcionarios públicos y el poder judicial.
Cuadro 1. Institución percibida como la más afectada por la corrupción en Latinoamérica - Calificaciones
Cuadro 2. Institución percibida como la más afectada por la corrupción en Latinoamérica - Porcentajes
Si nos trasladamos al ámbito empresarial, la situación no es menos preocupante. De acuerdo con el Foro Económico Mundial 2009 - 2010, el primer factor que dificulta la realización de negocios con empresas privadas en Colombia es la corrupción, por encima de motivos como los impuestos, la ineficiencia de la burocracia estatal, la infraestructura o el crimen y la violencia.
¿Cómo hacerle frente al mal?
El Gobierno del Presidente Santos, preocupado por este problema, ha presentado al Congreso de la República un Estatuto Anticorrupción y ha expresado públicamente su compromiso de adoptar diversas medidas para combatirlo. El Proyecto de Ley, sin duda, es un avance, pero debe ser visto como una pieza de una política integral.
Esta ha sido, precisamente, la propuesta que Transparencia por Colombia le ha hecho al Gobierno Nacional. Se debe trabajar en el diseño de una Política de Estado por la Transparencia y la Lucha contra la Corrupción que involucre a todas las ramas del poder público y a los distintos niveles de gobierno, así como al sector privado y organizaciones no gubernamentales en el esfuerzo común de combatir la corrupción. Para esto se debería promover un consenso nacional sobre las prioridades y temas clave en la, que identifique compromisos y responsabilidades de los sectores relevantes, así como políticas, con su correspondiente plan de acción e instrumentos. Para ello se deben definir objetivos precisos, con metas de impacto, indicadores verificables, con el fin de elaborar planes con orientaciones concretas y poder realizar seguimiento y evaluaciones rigurosos.
Una política pública de lucha contra la corrupción debe contemplar medidas de prevención, investigación y sanción, y propender por la integración y coordinación de todos los entes responsables de su aplicación. Y ajustarse al pleno cumplimiento de las convenciones internacionales de lucha contra la corrupción[4], de las cuales Colombia es signataria.
Colombia tiene un buen desarrollo normativo en materia de lucha contra la corrupción. Sin embargo, la gran deuda es el cumplimiento formal y sustantivo de la norma. Por ello es indispensable aumentar la capacidad del Estado para cumplir y hacer cumplir las normas que regulan la gestión pública en temas relacionados con la corrupción. Entre ellos, por su impacto en el fenómeno, cabe destacar los siguientes:
- Gestión de la contratación estatal.
- Gestión contable y desempeño financiero
- Fortalecimiento de la institucionalidad local y departamental
- Acceso a la información
- Promoción y publicidad de las decisiones y acciones públicas
- Rendición de cuentas
Pero más allá de las normas, una efectiva Política Integral de Lucha contra la Corrupción no es concebible si no contempla un fuerte componente de educación y de participación ciudadana. Y sobre todo, si no entendemos que todos somos, por acción o por omisión, corresponsables de la corrupción: el sector público, el sector privado, los medios de comunicación y la ciudadanía.
Solo entonces la corrupción dejará de ser una transacción de bajo riesgo y altos rendimientos y se convertirá en una de alto riesgo y bajos rendimientos.
Notas de pie de página
[2] La Captura y Reconfiguración Cooptada del Estado en Colombia, Grupo Método, Transparencia por Colombia y Fundación Avina, septiembre 2008).
[3] Garay, op. cit.
[4] Convención de las Naciones Unidas de Lucha Contra la Corrupción (Mérida, México 2003), aprobada en Colombia mediante la Ley 970 de 2005 y Convención Interamericana de Lucha contra la Corrupción (Caracas, 1996), aprobada mediante Ley 412 de 1997.
Cortesia: Elisabet Ungar - razonpublica.com
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