Mi foto
"Sí, Poeta aficionado, que expreso el sentir entrañable de la vida, en pequeños y sencillos versos." LuMo2020

domingo, 17 de junio de 2012

LA ENTRADA EN VIGENCIA DEL CODIGO DE PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO Y DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO EN COLOMBIA.


El amigo Wilson Pineda, me hizo reflexionar sobre aquellas situaciones que tienen que ver con los conflictos entre el Estado y sus Ciudadanos, y aun entre las mismas Entidades de Derecho, como consecuencia de las fallas en los diversos servicios que debe prestar el Estado (de: Justicia, Seguridad, Protección, Policía, Servicios Públicos, entre algunos), pero de manera especial aquellos contextos que tienen que ver con la emisión irregular de los actos administrativos en el área laboral y de seguridad social, en el área electoral y en el área contractual, entre otros.

El interrogante y la preocupación se ciñen a la realidad que vive el País con sus órganos de Justicia, de Administración Pública, de Finanzas, de Salud y de Seguridad Social con motivo de la puesta en vigencia el 02 de julio de 2012, de la Ley 1437 de 2011 y que rige para el “CÓDIGO DE PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO y DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO”, y es por ello que con su iniciativa, compartimos:
- Que sucederá con los procesos en curso a la fecha del 01 de julio/2012 y que se rigen por el  DECRETO 01 DE 1984 – C.C.A. antiguo? Se archivaran!, Se le dará alguna prioridad!, o, sencillamente primaran los nuevos procedimientos.
- El estado Colombiano está preparado para afrontar este gran reto!, ya capacito a sus funcionarios!, Doto a sus entidades de las herramientas adecuadas para implementarlo!
- En el país, existe una permanente congestión judicial, y por ende una negación de Justicia, que no permite en la práctica, resolver los conflictos en manos de las Jurisdicciones creadas con una competencia propia y con buenos recursos (asi lo deja ver el Consejo Superior de la Judicatura, para impartir la justicia equitativa, oportuna y justa.
- Ni el mismo Estado (en el alto gobierno y sus  altos organismos), ni los Departamentos, ni los Municipios, se han preparado para adoptar y asimilar el reto de esta herramienta procesal, ¡porque siempre esperamos a que entren a regir las normas sin prepararnos para ello!
Hagamos una reflexión a partir de los siguientes Principios (vigentes en la Jurisprudencia actual y que reafirma el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo- CPACA - LEY 1437 DE 2011:

“ARTÍCULO 3o. PRINCIPIOS. Todas las autoridades deberán interpretar y aplicar las disposiciones que regulan las actuaciones y procedimientos administrativos a la luz de los principios consagrados en la Constitución Política, en la Parte Primera de este Código y en las leyes especiales.

Las actuaciones administrativas se desarrollarán, especialmente, con arreglo a los principios del debido proceso, igualdad, imparcialidad, buena fe, moralidad, participación, responsabilidad, transparencia, publicidad, coordinación, eficacia, economía y celeridad.

1. En virtud del principio del debido proceso, las actuaciones administrativas se adelantarán de conformidad con las normas de procedimiento y competencia establecidas en la Constitución y la ley, con plena garantía de los derechos de representación, defensa y contradicción.
En materia administrativa sancionatoria, se observarán adicionalmente los principios de legalidad de las faltas y de las sanciones, de presunción de inocencia, de no “reformatio in pejus” y “non bis in idem”.

2. En virtud del principio de igualdad, las autoridades darán el mismo trato y protección a las personas e instituciones que intervengan en las actuaciones bajo su conocimiento. No obstante, serán objeto de trato y protección especial las personas que por su condición económica, física o mental se encuentran en circunstancias de debilidad manifiesta.

3. En virtud del principio de imparcialidad, las autoridades deberán actuar teniendo en cuenta que la finalidad de los procedimientos consiste en asegurar y garantizar los derechos de todas las personas sin discriminación alguna y sin tener en consideración factores de afecto o de interés y, en general, cualquier clase de motivación subjetiva.

4. En virtud del principio de buena fe, las autoridades y los particulares presumirán el comportamiento leal y fiel de unos y otros en el ejercicio de sus competencias, derechos y deberes.

5. En virtud del principio de moralidad, todas las personas y los servidores públicos están obligados a actuar con rectitud, lealtad y honestidad en las actuaciones administrativas.

6. En virtud del principio de participación, las autoridades promoverán y atenderán las iniciativas de los ciudadanos, organizaciones y comunidades encaminadas a intervenir en los procesos de deliberación, formulación, ejecución, control y evaluación de la gestión pública.

7. En virtud del principio de responsabilidad, las autoridades y sus agentes asumirán las consecuencias por sus decisiones, omisiones o extralimitación de funciones, de acuerdo con la Constitución, las leyes y los reglamentos.

8. En virtud del principio de transparencia, la actividad administrativa es del dominio público, por consiguiente, toda persona puede conocer las actuaciones de la administración, salvo reserva legal.

9. En virtud del principio de publicidad, las autoridades darán a conocer al público y a los interesados, en forma sistemática y permanente, sin que medie petición alguna, sus actos, contratos y resoluciones, mediante las comunicaciones, notificaciones y publicaciones que ordene la ley, incluyendo el empleo de tecnologías que permitan difundir de manera masiva tal información de conformidad con lo dispuesto en este Código. Cuando el interesado deba asumir el costo de la publicación, esta no podrá exceder en ningún caso el valor de la misma.

10. En virtud del principio de coordinación, las autoridades concertarán sus actividades con las de otras instancias estatales en el cumplimiento de sus cometidos y en el reconocimiento de sus derechos a los particulares.

11. En virtud del principio de eficacia, las autoridades buscarán que los procedimientos logren su finalidad y, para el efecto, removerán de oficio los obstáculos puramente formales, evitarán decisiones inhibitorias, dilaciones o retardos y sanearán, de acuerdo con este Código las irregularidades procedimentales que se presenten, en procura de la efectividad del derecho material objeto de la actuación administrativa.

12. En virtud del principio de economía, las autoridades deberán proceder con austeridad y eficiencia, optimizar el uso del tiempo y de los demás recursos, procurando el más alto nivel de calidad en sus actuaciones y la protección de los derechos de las personas.

13. En virtud del principio de celeridad, las autoridades impulsarán oficiosamente los procedimientos, e incentivarán el uso de las tecnologías de la información y las comunicaciones, a efectos de que los procedimientos se adelanten con diligencia, dentro de los términos legales y sin dilaciones injustificadas.”

Y consideremos algunas situaciones reales como: EL DERECHO DE PETICION:

DERECHO DE PETICION-Regulación requiere de la expedición de una ley estatutaria, en virtud de lo dispuesto en el literal a) del artículo 152 de la Constitución Política para los derechos fundamentales. Sentencia C-818/11:  http://www.corteconstitucional.gov.co/relatoria/2011/C-818-11.htm
DERECHO DE PETICION-Reglas jurisprudenciales. La Corte sintetizó las reglas que previamente habían sido desarrolladas por la jurisprudencia en materia de protección del derecho fundamental de petición. Sobre el particular dijo:
a) El derecho de petición es fundamental y determinante para la efectividad de los mecanismos de la democracia participativa. Además, porque mediante él se garantizan otros derechos constitucionales, como los derechos a la información, a la participación política y a la libertad de expresión.
 b) El núcleo esencial del derecho de petición reside en la resolución pronta y oportuna de la cuestión, pues de nada serviría la posibilidad de dirigirse a la autoridad si ésta no resuelve o se reserva para sí el sentido de lo decidido.
c) La respuesta debe cumplir con estos requisitos: 1. oportunidad 2. Debe resolverse de fondo, clara, precisa y de manera congruente con lo solicitado 3. Ser puesta en conocimiento del peticionario. Si no se cumple con estos requisitos se incurre en una vulneración del derecho constitucional fundamental de petición. d) Por lo anterior, la respuesta no implica aceptación de lo solicitado ni tampoco se concreta siempre en una respuesta escrita.
e) Este derecho, por regla general, se aplica a entidades estatales, esto es, a quienes ejercen autoridad. Pero, la Constitución lo extendió a las organizaciones privadas cuando la ley así lo determine.
f) La Corte ha considerado que cuando el derecho de petición se formula ante particulares, es necesario separar tres situaciones: 1. Cuando el particular presta un servicio público o cuando realiza funciones de autoridad. El derecho de petición opera igual como si se dirigiera contra la administración. 2. Cuando el derecho de petición se constituye en un medio para obtener la efectividad de otro derecho fundamental, puede protegerse de manera inmediata. 3. Pero, si la tutela se dirige contra particulares que no actúan como autoridad, este será un derecho fundamental solamente cuando el Legislador lo reglamente.
g) En relación con la oportunidad de la respuesta, esto es, con el término que tiene la administración para resolver las peticiones formuladas, por regla general, se acude al artículo 6º del Código Contencioso Administrativo que señala 15 días para resolver. De no ser posible, antes de que se cumpla con el término allí dispuesto y ante la imposibilidad de dar una respuesta en dicho lapso, la autoridad o el particular deberá explicar los motivos y señalar el término en el cual se realizará la contestación. Para este efecto, el criterio de razonabilidad del término será determinante, puesto que deberá tenerse en cuenta el grado de dificultad o la complejidad de la solicitud. Cabe anotar que la Corte Constitucional ha confirmado las decisiones de los jueces de instancia que ordena responder dentro del término de 15 días, en caso de no hacerlo, la respuesta será ordenada por el juez, dentro de las cuarenta y ocho (48) horas siguientes.
h) La figura del silencio administrativo no libera a la administración de la obligación de resolver oportunamente la petición, pues su objeto es distinto. El silencio administrativo es la prueba incontrovertible de que se ha violado el derecho de petición. i) El derecho de petición también es aplicable en la vía gubernativa, por ser ésta una expresión más del derecho consagrado en el artículo 23 de la Carta. Sentencias T-294 de 1997 y T-457 de 1994.”
Otros link de consulta importante:
http://www.corteconstitucional.gov.co/              
Archivos adjuntos — Descargar todos los archivos adjuntos  
CPACA - LEY 1437 DE 2011 - Estado Social de Derecho.jpg
CPACA - LEY 1437 DE 2011 - Estado Social de Derecho.jpg
174 kb   Ver   Compartir   Descargar  

DECRETO_01_1984 - CCA.pdf
DECRETO_01_1984 - CCA.pdf
150 kb   Ver   Descargar  

CPACA - LEY 1437 DE 2011 - Estado Social de Derecho.pdf
CPACA - LEY 1437 DE 2011 - Estado Social de Derecho.pdf
9937 kb   Ver   Descargar  

C-644-11.rtf
C-644-11.rtf
440 kb   Visualizar como HTML   Descargar  

C-818-11.rtf
C-818-11.rtf
724 kb   Visualizar como HTML   Descargar  

C-875-11.rtf
C-875-11.rtf
316 kb   Visualizar como HTML   Descargar  

C-634-11.rtf
C-634-11.rtf
484 kb   Visualizar como HTML   Descargar  

Constitucion Politica de Colombia - 1991.pdf
Constitución Política de Colombia - 1991.pdf
264 kb   Ver   Descargar  

LA REFORMA A LA JUSTICIA Y SUS EFECTOS FUTUROS.

Reforma a la Justicia, hecha a la medida!

Cortesia: Semana.com
 
La reforma que será aprobada esta semana, tras diez años de forcejeos y siete intentos fallidos, terminó siendo un traje a la medida de congresistas y magistrados.
El 3 de mayo se llevó a cabo la cumbre de poderes, que concluyó con  la firma del acuerdo para sacar adelante la reforma a la Justicia. El presidente del  Consejo de Estado, Gustavo Gómez, y el fiscal general, Eduardo Montealegre.
El 3 de mayo se llevó a cabo la cumbre de poderes, que concluyó con la firma del acuerdo para sacar adelante la reforma a la Justicia. El presidente del Consejo de Estado, Gustavo Gómez, y el fiscal general, Eduardo Montealegre.
 
Esta semana el Congreso escribirá otra página de la historia de Colombia: después de diez años de intensas batallas aprobará la reforma a la Justicia. Pero la noticia no da para celebrar. La idea era cambiar la Constitución para mejorar la arquitectura de la Rama, pero el resultado final está lejos de cumplir ese cometido.La nuez del problema es que esta reforma, que en teoría busca reparar errores de la Carta de 1991, quedó en poder del Congreso. Y este la puso a su servicio: más que una reforma a la Justicia parece un blindaje hecho a la medida de los congresistas.

Pero no es el único problema. Se le suman las concesiones hechas a magistrados con el propósito de neutralizar su tradicional rechazo a esta reforma. La zanahoria light consistió en aumentarles el periodo a los actuales de ocho a 12 años. Pero lo más complicado es que, a pedido de ellos, se eliminaron de un tajo al menos tres de los temas vertebrales que habían inspirado la reforma: la tutela contra sentencias (que acabaría con el choque de trenes entre las cortes), la figura del precedente jurisprudencial (que agiliza la Justicia y unifica la jurisprudencia) y el cambio que se pensaba hacer a la manera como se eligen contralor, procurador y registrador (para que las cortes se dedicaran solo a impartir justicia y dejaran el papel de nominadoras).

Con todos esos recortes y añadidos, de uno y otro lado, la reforma que va a ser aprobada esta semana es muy distinta a la que los expertos independientes y el gobierno se habían imaginado. Y también, a la que el país esperó durante diez años. "Hubiera sido preferible que el protagonismo se lo hubiera llevado la justicia que aplica para los 44 millones de colombianos y no para los aforados", afirmó la Corporación Excelencia de la Justicia en su más reciente informe, haciendo notar que todo terminó concentrado en la investigación y juzgamiento de congresistas y altos funcionarios.

El propio ministro Germán Vargas Lleras también lo dejó claro en la cumbre de poderes del 3 de mayo en la Casa de Nariño. "Con su tono sarcástico, les dijo a los magistrados: esta reforma quedó solo de investigación y juzgamiento a los aforados, porque ustedes así lo quisieron", le contó a SEMANA un asistente a la cumbre. "Y les citó cinco temas que salieron de la reforma por petición de los magistrados", agregó la fuente.

A eso se suma que si bien se ha vendido la idea de que se eliminan dos de los entes más cuestionados -la Sala Disciplinaria del Consejo de la Judicatura y la Comisión de Acusación de la Cámara- en la práctica el articulado da lugar a que se creen órganos muy parecidos: en el primer caso, un tribunal con los mismos nueve magistrados para disciplinar a abogados y jueces; y en el segundo caso, dice que podría crearse una comisión o tribunal dentro o fuera del Congreso que se ocupará de los juicios políticos a presidente, vicepresidente, magistrados y fiscal.

No cunde propiamente el entusiasmo. Un magistrado de una de las cuatro altas cortes le dijo a SEMANA que "esa reforma es un pacto de favores". Así también lo admiten congresistas consultados por esta revista. La molestia ha llegado a tal punto que el consejero de Estado, Alberto Yepes, dijo que si les amplían el periodo a los magistrados está dispuesto a renunciar cuando cumpla los ocho años para los que fue elegido.

El ministro Juan Carlos Esguerra admite que esta reforma, como otras, "nunca colman las expectativas". Pero dice que es mezquino hablar de un "pacto de favores". "La democracia es la búsqueda de consenso. El hecho de que hayan participado todos los que tienen algo que decir o que ver y hayan dado sus sugerencias no descalifica la reforma", explica.

La pregunta es ¿qué saca el gobierno con esta reforma? ¿Por qué la siguió apoyando? El ministro alega que mejora el acceso a la Justicia (pues obliga a un juez para cada municipio), busca la descongestión de los despachos (dándoles facultades de jueces a particulares), y hace reingeniería de la gerencia de la Rama (para eso acaba con el Consejo de la Judicatura). Pero esos logros, como le dijo un congresista a SEMANA, "es poco para la pela que se está dando el gobierno".

En los últimos diez años se han presentado siete proyectos para reformar la Justicia y todos fracasaron. Esta semana, finalmente, del Congreso saldrá humo blanco. Estos son algunos de los puntos críticos de la reforma.

1) Así se blindan los congresistas
Varios artículos de la reforma mejoran significativamente la situación de los congresistas ante la Justicia. Algunos son de aplaudir porque introducen una doble instancia en su juzgamiento, un principio universal del derecho. Pero otros, son cuestionables.

Por ejemplo, los congresistas ya no serán detenidos preventivamente, como lo viene haciendo la Corte Suprema. No se repetirían escenas como la del senador Mario Uribe, quien intentó irse del país cuando supo que le abrieron una investigación y posteriormente fue encarcelado. En segundo lugar, quien quiera denunciar a un parlamentario deberá hacerlo personalmente. Eso puede llegar a intimidar a muchos. Y quiere decir que no se volvería a presentar el caso del testigo Pitirri, que fue clave para condenar al congresista Álvaro García por la masacre de Macayepo. Como si fuera poco, en tercer lugar, si las demandas por pérdida de la investidura contra los parlamentarios son "infundadas" o "temerarias" el demandante deberá asumir los costos del proceso. ¿Habrá alguien que corra el riesgo de tener que pagar por cumplir con el deber de denunciar? Si esta reforma hubiera estado vigente antes, el escándalo de la parapolítica tal vez nunca habría estallado.

Otro punto polémico es que se cambian las reglas para que un congresista pierda la investidura. Esta figura, que solo existe en Colombia, es vista entre la opinión como una forma de sanción efectiva. El articulado anuncia que habrá una nueva ley para decir cuándo y cómo se debe aplicar. Hoy solo existe como castigo la muerte política, y esa ley deberá incluir los principios de "proporcionalidad" y "gradualidad", o sea que habrá distintas sanciones, por ejemplo, la suspensión del cargo. Y, como si fuera poco, a diferencia de lo que pasa hoy, que los congresistas pierden su investidura por violación de 20 causales de la ley quinta, como está planteada la reforma solo la perderían por las cuatro inhabilidades que trae la Carta Política. ¿Será una amnistía para cerca de 38 congresistas que tienen hoy procesos abiertos por pérdida de investidura? ?

2) La Sala Penal de la Corte, ¿herida de muerte?
Otra de las gabelas de la reforma es que crea la doble instancia en los procesos penales a los congresistas: se crea una sala en la Corte Suprema para que los investigue y otra para que los juzgue. Eso que en principio suena bien, porque es garantista, tiene efectos colaterales: acaba con la Comisión de Investigación de la Corte Suprema, que ha desempeñado un papel clave en la investigación de la parapolítica, y la Sala Penal, que fue la gran protagonista de esa cruzada judicial, no tendrá injerencia en los procesos contra congresistas. Los seis magistrados que integran la nueva sala de investigación serán elegidos por la Corte Constitucional de ternas enviadas por el presidente, el fiscal y el procurador. Eso quiere decir que ahora harán la investigación magistrados postulados por fuera de la Rama Judicial. "Es un golpe durísimo a la Sala Penal", dijo el director de la ONG DeJusticia, Rodrigo Uprimny.

¿Qué pasará con las 100 investigaciones previas, las diez que están en instrucción, los cuatro congresistas presos y los ocho juicios pendientes en la Sala Penal?

3) Los magistrados mal parados
Tanto la Corte Suprema como el Consejo de Estado se mantuvieron durante más de un año reacios a aceptar la reforma a la Justicia. Incluso, expidieron comunicados para rechazarla. Sin embargo, todo comenzó a cambiar como por arte de magia cuando les ampliaron el periodo de ocho a 12 años y les quitaron todo lo que no querían de la reforma. Como el tema de tutela contra sentencias o el precedente jurisprudencial.

Y han hecho evidente su interés. Por ejemplo, Sigifredo Espinosa, de la Corte Suprema, mandó una curiosa carta de 'renuncia' el 12 de diciembre (ver facsímil) en la que decía que se vencía su periodo. "Lo anterior no significa que esté renunciando al cargo" y habla del proyecto de acto legislativo diciendo que "de llegar a aprobarse esa ampliación antes del vencimiento de mi periodo, continuaría ejerciendo el cargo". O el caso de William Giraldo, a quien se le cumplió la edad de retiro forzoso en el Consejo de Estado. El magistrado interpuso una tutela y le fue concedida, entre otras cosas, aduciendo que se debe mantener "hasta que el Congreso expida la normatividad sobre la materia". Llama la atención, por decir lo menos, que los magistrados se estén rigiendo por una reforma o ley que todavía no existe.

Paradójicamente, los magistrados que otrora criticaron que el presidente Álvaro Uribe cambiara la Constitución para quedarse cuatro años más -legislando por medio del Congreso en causa propia- ahora están siendo víctimas de su propio cuestionamiento.

4) Una perla en el quórum
Las dificultades de la reforma a la Justicia comenzaron desde antes de su llegada al Congreso. ¿La razón? Decenas de parlamentarios investigados no podían participar del debate. Para que pudieran aprobar la reforma, en 2011, el Congreso a toda velocidad aprobó el Acto Legislativo 01 que eliminó el conflicto de intereses cuando se discuten reformas a la Constitución. Este acto tiene varias demandas en la Corte Constitucional. Sin embargo, gracias a él los congresistas han aprobado la reforma a la Justicia sin tener que declararse impedidos.

Pero el problema está vivo. Como el Acto Legislativo 01 solo aplica para reformas a la Constitución, a la hora de votar las leyes que reglamentan la reforma a la Justicia los congresistas se podrían chocar con el mismo conflicto de intereses. Por eso, incluyeron un parágrafo transitorio que dice que "cuando exista conflicto de intereses" el quórum decisorio se conformará solo con los que no lo tengan. Crear una nueva manera de hacer quórum huele mal.

5) ¿Privatización de la Justicia o una idea genial?
En criterio del gobierno, uno de los artículos más importantes de la reforma es el que les da facultades de jueces a funcionarios administrativos, abogados y notarios, con el fin de descongestionar juzgados. Hay que tener en cuenta que la mitad de los procesos que llegan a la Justicia son civiles, es decir, pleitos por deudas, separaciones y pensiones, entre otros. Y el 70 por ciento de estos procesos son los llamados ejecutivos (para cobrar créditos) en los cuales el demandante es una institución financiera. Es decir, una buena tajada de la congestión de la Justicia corre por cuenta de litigios de los bancos. La idea es que particulares ayuden a resolver estos líos. A estos operadores ad hoc de la Justicia, que no tienen el respaldo de la Rama Judicial -como sí lo tienen los jueces- ni la formación de jueces se les va a pagar una tarifa que se cobrará a las partes.

Esta solución tiene el lado bueno de que, como dice el ministro Esguerra, ya se ha utilizado en otros países con éxito. Pero también tiene un lado menos bueno, según ha dicho el Observatorio Nacional Permanente de la Justicia, que congrega a todos los empleados de la Rama: es una especie de privatización de la Justicia. Hasta ahora los servicios de la Justicia para el ciudadano de a pie no tienen costo. En su criterio, los acreedores, principalmente las entidades financieras, podrán mover más fácilmente sus procesos, mientras que los de menor cuantía van a perder interés. Amanecerá y veremos.

jueves, 22 de marzo de 2012

Estas son las propuestas de los ternados a Fiscal.

Cortesia: Semana.com

Los ternados Mónica de Greiff, María Luisa Mesa y Eduardo Montealegre, expusieron sus propuestas ante los magistrados de la Corte Suprema.
SEMANALos ternados Mónica de Greiff, María Luisa Mesa y Eduardo Montealegre, expusieron sus propuestas ante los magistrados de la Corte Suprema.
JUSTICIALos tres postulados por el presidente Juan Manuel Santos para ocupar el segundo cargo más importante del país, tuvieron cada uno 15 minutos para hablar ante la Corte Suprema sobre lo que sería su gestión.


Los tres candidatos a ocupar el cargo de Fiscal General de la Nación, que se encuentra en interinidad por cuenta de la anulación de la elección de Viviane Morales, hicieron su intervención en orden alfabético ante 23 magistrados en Sala Plena de la Corte Suprema de Justicia, quienes con sus votos decidirán quién se posesionará en el cargo. Esto fue lo que dijeron.  
"En el evento de sea elegida haré que ciudadano sienta una justicia imparcial": Mónica De Greiff 

En su intervención la candidata Mónica de Greiff se refirió a varios temas en los cuales debe empezar a trabajar el ente acusador, haciendo énfasis en la cercanía que debe tener la Fiscalía con los ciudadanos.

Dijo que para ella es fundamental que el ciudadano pueda tener "acceso fácil a la Fiscalía". Incluso criticó que no se ataque a la criminalidad con eficiencia desde el ente acusador. "La Fiscalía es en términos gerenciales una empresa en desarrollo", resaltó De Greiff.

En su intervención la ternada aseguró que es necesario potenciar los recursos con los que cuenta el ente acusador, incluido el "personal administrativo" para que se mejore su función. Afirmó que para ello va a diseñar un plan de acción con el fin de mejorar la capacidad investigativa. Resaltó que tiene el propósito de implementar la capacitación para los investigadores incluidos el CTI y la Policía Judicial.

En su discurso también sostuvo que va a promover una Fiscalía rural encargada de combatir la criminalidad en zonas apartadas del país y en las cuales todavía no ha llegado la justicia. 

"No toda noticia criminal genera una investigación", resaltó la candidata tras señalar los casos que han hecho parte de las denuncias de los medios de comunicación. Incluso en su declaración aseguró que va a coordinar con los entes de control los procesos que se adelanten contra funcionarios del Estado para que no queden en el limbo.  

Señaló que el principio de oportunidad (delación con privilegios) tendrá claras directrices para que este mecanismo no sea "sinónimo de impunidad”. En el tema de Justicia y Paz la ternada recalcó que además de los paramilitares, los demás grupos armados  "deben tener la posibilidad de desmovilizarse". Para ello, dijo que se debe promover esta iniciativa.  

"En mi administración las víctimas no estarán solas (...)cualquier esfuerzo no puede ser en vano", dijo De Greiff.

En el tema de la corrupción dijo que no va a dar “marcha atrás” y que continuarán las investigaciones que dejó la anterior fiscal general. La idea es que se erradique la “impunidad”.

Para atacar las llamadas bandas criminales De Greiff  señaló que va a crear grupos móviles de fiscales investigadores con los cuales quiere que se haga justicia en zonas apartadas.

Al final aseguró que no está de acuerdo con ningún “proyecto que permita sustraer a la Fiscalía de la rama judicial”.


“La Fiscalía no puede ser una rueda suelta”: María Luisa Mesa

María Luisa Mesa centró su intervención ante los magistrados de la Corte Suprema de Justicia en cuatro puntos. Antes de referirse a ellos fue enfática en decir que considera que la Fiscalía no "debe ser una rueda suelta" y que de debe propender por la consonancia con las decisiones que ha trazado la Corte Suprema de Justicia, como juez supremo. "De no ser por los jueces la acusaciones no quedarían en nada", dijo. Acto seguido, detalló los aspectos en los que basaría su gestión de resultar elegida como la nueva Fiscal general de la Nación.

Descongestión del sistema penal acusatorio: "El gran problema es el cuello de botellas en las investigaciones. Hay 1.800.000 actuaciones en curso y el problema tiende a empeorar", dijo Mesa, quien señaló que es evidente entonces la necesidad de fortalecer la entidad con mayor presupuesto, investigadores y fiscales.

La ternada en este punto se refirió también a las rebajas de pena. Sobre lo que aseguró que "las negociaciones y las rebajas de pena solamente se justifican en contraprestación a la colaboración eficaz (...) pero no puede abarcar a quienes la han patrocinado porque es un nefasto mensaje". Dijo también que ser testigos cuando se trata de conductas de corrupción lleva a la impunidad.

Aforados: "Delegaría funciones pero no responsabilidades. Mantendría la dirección y el control de dichas investigaciones. Actualmente se tramitan 1600 actuaciones procesales de las cuales 12000 corresponden a asuntos de fuero constitucional y para hacer frente a esta realidad la solución está en manos del fiscal”, dijo.

También se refirió a la reasignación de procesos. "Aplicaría los criterios de la Corte Constitucional en materia de reasignar procesos para garantizar así la independencia en la administración de justicia". En este aspecto Mesa fue enfática en decir que de ser elegida como fiscal, los procesos judiciales no se trasladarán a los micrófonos (medios de comunicación) como mecanismos de justicia. "Eso genera desigualdad (...) no estaría determinada por intervenciones mediáticas, sino por el control y la celeridad de los procesos".

Justicia y Paz: "Se debe mantener la línea que la propia Corte Suprema de Justicia ha marcado, y que es pionera en criterios de justicia transicional". Señaló, sin embargo, que se requiere un impulso para la celeridad de los procesos y además un protocolo para los delitos de género, que permita proteger la dignidad de la mujer.

Política criminal: "Debe haber transparencia, investigación y persecución del crimen y la rápida solución de los casos (...) Mi única confrontación será con el crimen y el mayor compromiso con el cargo es que el requiere la justicia".

La candidata también sostuvo que "la Fiscalía tiene como uno de sus mayores retos combatir la corrupción privada, el destino de los recursos de salud" y lo que se genere con la entrada en vigencia de los Tratados de Libre Comercio.


Eduardo Montealegre quiere llevar derechos humanos a ley estatutaria

La intervención del exmagistrado Eduardo Montealegre giró en torno a una sola propuesta según la cual buscaría poner en primer plano la protección de los derechos humanos en el país, para que esta se equipare con los códigos internacionales.

"En el caso de que sea elegido Fiscal General de la Nación mi propuesta será en materia de derechos humanos", dijo que Motealegre al inicio de su intervención.  

La primera iniciativa que va a presentar será plantear al Congreso una ley estatutaria que permita la ampliación de la protección de estos derechos. "Considero que una de las grandes falencias que tiene el código penal colombiano es que no incorpora avances del moderno derecho penal internacional".

Dijo que al código penal colombiano hay que rejuvenecerlo y que una de las cosas sujetas de cambio es el modelo individual. "Se debe pasar al modelo de doble imputación en el que se le atribuya no solo al autor material los delitos, sino también al grupo al que pertenece"

"No sólo basta saber quienes son los autores si no que hay que señalar el contexto”, señaló Montealegre.

"Lo importante es atribuirle al grupo uno, los delitos, dos, la función del autor y tres, que la estructura de imputación se fundamente en la omisión de deberes de vigilancia", resaltó Montealegre.  

La idea según el ternado es que la víctima "entre a ser uno de los protagonistas más importantes en el proceso penal”.

Otro de los elementos que se debe reformar es la responsabilidad del superior jerárquico en los delitos y así determinar la responsabilidad de los aparatos organizados de poder.

Al final de su intervención Montealegre aseguró que buscará el fortalecimiento de los instrumentos de lucha contra la criminalidad organizada y los hechos de corrupción. "Creo que el proceso de manos limpias que inició la Corte Suprema de Justicia tiene que continuar".  

Montealegre señaló que va a trabajar de la mano con la Corte Penal y la Corte Suprema de Justicia en investigaciones como las relacionadas con la salud, la contratación y otros temas que calificó de "sensibles" para el país. 

"Señores magistrados tengan ustedes la certeza que de ser elegido, seré un juez independiente", puntualizó. 

Qué respondieron los candidatos a fiscal ante las dudas de los magistrados

JUSTICIALos magistrados escogieron dos preguntas para cada uno de los candidatos a fiscal. Temas como la reforma a la justicia, la justicia mediática y la independencia de l Fiscalía, fueron las dudas de la Sala Plena.
Jueves 22 Marzo 2012
Preguntas a Mónica de Greiff

¿Cómo garantizaría la independencia en la Fiscalía?

"En primer lugar pertenecer a la rama judicial me parece que es una manera de mantenerla independiente (...) los fallos en derecho en el Estado son indispensables y deben estar ajenos a presiones del sector Político y Ejecutivo"

"Para garantizar la independencia las decisiones de los fiscales, estas deben ser contundentes (...) En esa medida y con un presupuesto adecuado la Fiscalía podrá mantenerse independiente".

¿Cuál sería su gestión como fiscal frente a la delincuencia común que afecta a los ciudadanos?  

"El 80% de los casos que entran a al Fiscalía son de delincuencia común. Hay que crear comités interinstitucionales que estudien las problemáticas zonales porque no es lo mismo conocer cómo operan bandas criminales en determinadas zonas".

"Es importante fortalecer a los fiscales con todos los elementos necesarios para que se puedan investigar esas pequeñas causas (...) hay que usar mecanismos de conciliación y mediación para resolver pequeños casos".  

Preguntas a María Luisa Mesa

¿Cuál es su opinión sobre la reforma a la administración de la justicia que cursa en el Congreso?

"Yo tengo una aproximación sobre el tema de la justicia que tiene también una aproximación a las leyes. Por lo que considero que la reforma no es la única solución al problema de la justicia, que es estructural". Como ejemplo citó el tema de la política criminal, "que se radique en cabeza del ejecutivo es excluyente, debería ser una política de Estado, adicionalmente debería enfocarse no solamente en la modificación de lo que son las normas y las leyes, sino en una prevención del crimen en Colombia, buscando desde la raíz sus orígenes, el entorno familiar, el contexto de nuestra realidad".

"No comparto la reforma a la justicia", concluyó.

¿Qué tipo de reforma considera inaplazable al sistema procesal del la ley 906 del 2004 o sistema penal acusatorio?

"Es necesario mirar cómo se puede agilizar en aquellas etapas en las cuales se presenta la congestión. Sobre todo en la etapa de indagación, la primera audiencia. Hay que ver la acción legal por parte de la víctima". Dijo además que para hacer más eficiente el sistema, hay que dotar a la Fiscalía de recursos tecnológicos y técnicos.

Preguntas a Eduardo Montealegre

¿Qué opinión tiene sobre la justicia mediática y que haría como fiscal para evitarla?

"Creo que debe haber un replanteamiento en el tema de la posición de la Fiscalía frente a los medios de comunicación. El sistema acusatorio ha consagrado como fundamento esencial de su sistema el tema de la oralidad. Y en ese tema, en el que se permite el acceso a los medios, lo que le da un sentido de transparencia, el concepto de oralidad está vinculado con el concepto de que las decisiones deben ser abiertas y comunicadas a la opinión pública".

Montealegre dijo además que es ese "el escenario legal para establecer las relaciones entre justicia y medios porque está dado constituicionalmente con la oralidad de las audiencias dentro del sistema, por eso por  fuera de esas audiencias yo creo que el juez debe estar alejado del tema mediático (...) debe actuar conforme a la Constitución y a la ley y no a los criterios de la opinión pública".

¿Qué haría ante el déficit de policía judicial en las investigaciones que adelanta la Fiscalía?

"Ese es uno de los grandes problemas. El fiscal es el director de toda la policia judicial del país y tiene que asumir el papel de liderazgo. Por lo que hay que aprovechar una herramienta procesal muy importante que le permite al fiscal delegar o crear funciones de policia judicial en ciertas autoridades públicas. Hay que aprovechar los 3000 funcionarios que se incorporaron a la Fiscalia, porque uno de los grandes déficit es que la policia judicial no tiene la capacitacion suificiente para realizar esta labor".