Cortesia: Actualicese.com
El Plan Obligatorio de Salud (POS) ya no existe; las personas estarán afiliadas al sistema de salud, no a una EPS; continúa existiendo el régimen contributivo y el subsidiado, pero con algunas novedades. Estos son algunos puntos que plantea la Ley 1751 del 16 de febrero de 2015, que ya rige en nuestro país.El 17 de febrero entró en vigencia la Ley Estatutaria de Salud, Ley 1751 del 16 de febrero de 2015, la cual dio un plazo de dos años para reemplazar el Plan Obligatorio de Salud (POS) por un mecanismo que le permita a los usuarios recibir del sistema de salud todo lo que el médico les formule, pero con algunas excepciones.
1. ¿Cuál es el alcance de la Ley Estatutaria de Salud?
Con la ley se eleva la salud al nivel de derecho fundamental autónomo y se dan pautas para regularlo. Debido que la salud no fue definida por la Constitución como un derecho fundamental, su defensa mediante mecanismos como la acción de tutela requería la invocación de derechos que sí lo fueran. Hoy, ya se habla de la salud como derecho autónomo.2. ¿Cómo cambia el panorama actual?
La salud, desde la prevención de la enfermedad, el diagnóstico, el tratamiento, la recuperación, la rehabilitación y los cuidados paliativos, debe ser garantizada por parte del Estado a todas las personas, sin distingo de ninguna clase.3. Gracias a la ley, ¿las personas podrán pedir todo lo que quieran?
Podrán pedir lo que necesiten para recuperarse, sin incurrir en excesos. El sistema garantizará lo justo, determinado por el criterio de los médicos, quienes deben actuar con ética y autorregularse para no poner en riesgo los recursos del sistema.4. ¿Le llegó el final al Plan Obligatorio de Salud (POS)?
Correcto. El servicio de salud debe prestarse de manera integral, no parcial. En ciertas enfermedades, como el cáncer, por ejemplo, los pacientes no contaban con medicamentos porque estaban por fuera del POS, entonces, les tocaba poner tutelas, comprarlos o simplemente no contar con ellos. Gracias a esta ley los pacientes recibirán lo que necesiten para recuperarse.
“La norma invierte las
cosas: en lugar del POS, le exige al Ministerio de Salud que defina todo
aquello a lo que los usuarios no tienen derecho”
La
Ley Estatutaria de Salud plantea un nuevo mecanismo para definir las
prestaciones a las que tienen derecho los afiliados al sistema. La norma
invierte las cosas: en lugar del POS, le exige al Ministerio de Salud
que defina todo aquello a lo que los usuarios no tienen derecho. En
otras palabras, el Gobierno debe elaborar una lista pública de servicios
excluidos, los cuales no podrán ser exigidos por nadie, salvo en casos
muy excepcionales.
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