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"Sí, Poeta aficionado, que expreso el sentir entrañable de la vida, en pequeños y sencillos versos." LuMo2020

domingo, 21 de junio de 2009

TIEMPO DE RECONCILIACION... …. A PROPOSITO DE LA LEY DE VICTIMAS.





Los Colombianos hemos asistido durante décadas a ser participes inexorables del conflicto armado, acontecimientos de todo tipo es la excusa perfecta para ejercer y justificar la violencia en este bello país, un gran número de personas de forma individual y colectiva han sufrido los daños de manera directa, dejándolos en el desplazamiento forzado permanente, con graves lesiones de carácter permanente y transitoria en su humanidad llevándolos a una discapacidad física, psíquica, a la angustia y ansiedad emocional, confinándolos a la absoluta pobreza e indigencia porque les han arrebatado violentamente sus bienes menoscabando sus derechos fundamentales.

No se justifica, desde ningún espacio, ni desde perspectiva alguna, ni mucho menos desde ideología, hipótesis o régimen alguno, someter a un pueblo humilde y lleno de esperanzas al padecimiento y al terror, por ideas y reivindicaciones que son bandera de la ciudadanía colombiana.

La transición de la violencia hacia la paz, ha ejercido un fuerte vínculo entre las víctimas con el pasado histórico de la supuesta lucha de clases, en las que los actores armados justifican su proceder oscuro para establecerse en la zona rural y en zonas de depresión social (cinturones de pobreza en las ciudades), donde ni siquiera el campesino, el pobre, el pequeño y mediano productor han aceptado tan perversas posiciones mucho menos su siniestro proceder, al contrario lo que se ha obtenido en la práctica es la degradación social como consecuencia de la violencia en todas sus manifestaciones con los efectos letales ampliamente conocidos, y por ello los grupos armados se han convertido en el infame enemigo de la población civil y en el progreso de los ciudadanos.

A propósito de la “Ley de víctimas”, recién aprobada, su proyecto original ofrecía una perspectiva y confianza de que las numerosas víctimas de violaciones de lesa humanidad como consecuencia del conflicto armado, tanto para aquellas victimas de grupos subversivos y grupos paramilitares como para las víctimas del establecimiento colombiano (especialmente de las fuerzas de seguridad del estado), de ser indemnizadas y recibir la asistencia del estado oportunamente sin ser sometidas a largos procesos y a discriminaciones de naturaleza alguna.

Situación que ahora, lamentamos, por cuanto que el texto aprobado por el congreso colombiano, expone a las víctimas de violaciones de derechos humanos del conflicto colombiano a una categoría discriminatoria, debido a varias situaciones que se han estado presentando, una de ellas, es la impunidad que ronda en los procesos por causa y razón de que los mismos actores armados, en muchos eventos no reconocen tales violaciones; una más, es el tratamiento que se le da a las violaciones del establecimiento gubernamental, el cual se somete a un trámite judicial especial diferente al de las demás víctimas de violaciones por guerrilleros y paramilitares, es decir, si no existe condena judicial previa donde se compruebe que ese agente del estado cometió el delito en “razón del servicio”, no será objeto de reparación, cuando el estado es responsable directo porque sus agentes o uno de ellos, violo los derechos de una víctima y es a quien precisamente no se le debía someter no solo al vejamen oficial sino a la incertidumbre de ser reparado; otra más, la lentitud del procedimiento judicial y de reparación integral real a las víctimas, en la cual el estado colombiano no se ha preocupado mucho por agilizar dichos fallos ni por determinar un monto económico que garantice la verdadera reparación de las víctimas, es decir el estado no ha previsto la indemnización de perjuicios pronta, la restitución patrimonial eficaz y el esquema de protección de las familias de las víctimas; una más, es con relación al texto aprobado, el que muy seguramente será declarado inexequible al ser revisado por la Corte Constitucional, dada la discriminación que allí se dejo plasmada; y por último consideramos, que las victimas tendrán que recurrir a la Corte Interamericana de Derechos Humanos para ser escuchados y obtener un fallo en derecho que haga reconocer sus derechos y les repare, con graves consecuencias para el erario público.

CONSTRUCCION DE CIUDADANIA…… MOMENTO CLAVE PARA LAS VICTIMAS.

Consideramos importante resaltar la confluencia de la ciudadanía en la preocupación por programas de desarrollo, de paz, de gestión pública a través del ciudadano del común, de la academia, de las organizaciones sociales con iniciativas que abren caminos de reconciliación en la geografía colombiana, y es precisamente una de las razones de este articulo, que se construya ciudadanía a través de una discusión sana y abierta donde los colombianos insistamos en alcanzar soluciones definitivas a problemas tan sensibles como la paz, como la reparación de victimas, como el progreso nacional, donde el estado colombiano se comprometa a apoyar planes que construyan ciudadanía a partir de la propuesta ciudadana, de la coyuntura social y política que permitan obtener logros eficaces.

Es un momento clave para las víctimas, y de ello debemos aprender de las comisiones creadas en diversos países como El Salvador, Guatemala, Chile, entre algunos, que con propuestas viables y concretas, fortaleza en nuevos diálogos con el gobierno, actitud conciliadora y reflexiva sin resentimientos, participación en audiencias de reconciliación y de conciencia social como punto de encuentro permitan una integración adecuada a la sociedad y una posibilidad de superar el conflicto; y en solicitudes oportunas permitan al examen de constitucionalidad, la obtención de una ley justa y equitativa para todas las víctimas del conflicto, ya porque se le dé un tratamiento de igualdad a todos, ora porque se construya un verdadero texto que permita reparar la gravedad de esta tragedia que se sufre en privado.

Luis H. Monsalve D. – Bogotá, Colombia - Junio 19/2009.

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Based on a work at Peridistica.

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