Mi foto
"Sí, Poeta aficionado, que expreso el sentir entrañable de la vida, en pequeños y sencillos versos." LuMo2020

viernes, 27 de mayo de 2011

CITAS...

" El secreto de adelantar es comenzar.  El secreto de comenzar es separar las tareas complejas y abrumadoras en tareas más pequeñas y más fáciles, y comenzar entonces por la primera. "
Mark Twain

viernes, 20 de mayo de 2011

DERECHOS LABORALES - INCAPACIDAD A CARGO DEL EMPLEADOR.

El empleador debe pagar la incapacidad de un trabajador al que no ha afiliado a la EPS.  Cortesia: Gerencie.com

Cuando un empleador contrata un trabajador y no lo afilia a una EPS y este se incapacita, le corresponde al empleador pagar dicha incapacidad.

Las incapacidades son pagadas por la EPS o ARP según corresponda, pero si el empleador no ha afiliado a su trabajador, tendrá que asumir esas incapacidades pues la ley no lo exonera de ello, mucho menos cuando ha cometido una grave omisión.

La ley prevé que el empleador debe pagar los tres primeros días de incapacidad por enfermedad general y ningún día por incapacidad originada en una enfermedad o accidente profesional, pero ello sólo opera en la medida en que el trabajador haya sido afiliado al sistema de seguridad social, pues de lo contrario, el empleador debe asumir la  totalidad de los pagos.

De otra parte, no se puede alegar que la incapacidad suspende el contrato de trabajo, como algunos empleadores han llegado a considerar, puesto que la incapacidad no es una de las causas consideradas por la ley que llevan a suspender el contrato de trabajo.

En consecuencia, sin importar cuánto dure la incapacidad, el empleador tendrá que seguir pagando el sueldo (incapacidad)  del trabajador, y el pago debe ser completo, puesto que las 2/3 partes sólo aplica para la EPS, no para el empleador.

El trabajador sólo tendrá que presentar una incapacidad firmada por un médico titulado, cualquier médico, ya que la restricción respecto a quien debe otorgar la incapacidad sólo opera cuando se está afiliado a una EPS, evento en el cual  únicamente se aceptan incapacidades firmadas por los médicos afiliados a dicha EPS.

sábado, 14 de mayo de 2011

GRAVE ATENTADO CONTRA LA NATURALEZA MARINA

VERGÜENZA MUNDIAL
Lamentable actos contra la naturaleza desarrollan personas ausente del sentido de pertenencia con los recursos animales y la biodiversidad.

  El tráfico ilegal de especies silvestres es considerado a nivel mundial como una de las principales causas de disminución de las poblaciones naturales y como uno de los mercados ilegales que mayores sumas de dinero moviliza anualmente, con el fin de surtir la demanda de los mercados domesticos, las excentricidades de pequeños grupos, las investigaciones biomédicas y comportamentales, la novedad causada a turistas y las prácticas culturales o religiosas de muchas poblaciones humanas. En Colombia, pese a la estricta legislación y a las medidas adoptadas hasta ahora para garantizar la protección y fomentar el uso sostenible de la fauna silvestre, se asume que el volumen del tráfico sigue siendo de gran magnitud, uno de esos hechos que atentan contra la naturaleza, es el apropiarse de los huevos de las tortugas marinas para luego venderlos en  Riohacha, Santa Marta y Barranquilla.
http://www.aldia.cr/galerias/tortugasostional/slides/MVQ_7812.JPG
http://www.aldia.cr/galerias/tortugasostional/slides/MVQ_7918.JPG
http://www.aldia.cr/galerias/tortugasostional/slides/MVQ_7934.JPG
http://www.aldia.cr/galerias/tortugasostional/slides/MVQ_7907.JPG
http://www.aldia.cr/galerias/tortugasostional/slides/MVQ_7904.JPG
http://www.aldia.cr/galerias/tortugasostional/slides/MVQ_7945.JPG
http://www.aldia.cr/galerias/tortugasostional/slides/MVQ_7921.JPG
http://www.aldia.cr/galerias/tortugasostional/slides/MVQ_7937.JPG
http://www.aldia.cr/galerias/tortugasostional/slides/MVQ_7938.JPG
http://www.aldia.cr/galerias/tortugasostional/slides/MVQ_7895.JPG
http://www.aldia.cr/galerias/tortugasostional/slides/MVQ_7964.JPG
http://www.aldia.cr/galerias/tortugasostional/slides/MVQ_7759.JPG

FAVOR  DIFUNDIR 

martes, 3 de mayo de 2011

ASPECTOS SOBRE LA SEGURIDAD SOCIAL - BASE SALARIAL.

Seguridad Social, otra cosa es ocultar verdadero salario

Cortesia: actualicese.com

La Ley 1393 de 2010 dice que lo máximo que se podrá pagar como pagos no constitutivos de salario es un 40% del total de la remuneración, pero dicho límite está expresamente definido para efectos de seguridad social, no para evadir verdaderos pagos salariales hasta dicho límite.

Es muy común aprovechar los vacios o confusiones que genera la interpretación de una norma, para interpretarla a favor de los intereses que nos beneficia.
Uno de los aspectos más comunes en el derecho laboral, es buscar los mecanismos que permitan al empleador reducir las cargas salariales, prestaciones y de seguridad social, pero muchas veces lo anterior, conlleva a que se apliquen fórmulas que benefician al empresario, pero son verdaderas violaciones a derechos mínimos e irrenunciables del trabajador contempladas en la legislación laboral y de seguridad social.
Veamos el caso más común y la errada interpretación del artículo 30 de la Ley 1393 de 2010 junto con el artículo 132 del Código Laboral, los cuales, por su indebida interpretación, violan los postulados de los artículos 127 y 128 del Código Laboral
Art. 132. Formas y Libertad de Estipulación.: 1. El empleador y el trabajador pueden convenir libremente el salario en sus diversas modalidades como por unidad de tiempo, por obra, o a destajo y por tarea, etc., pero siempre respetando el salario mínimo legal o el fijado en los pactos, convenciones colectivas y fallos arbitrales. (…)
Al leer la norma anterior, muchos empleadores han creído que pueden fijar el salario de su trabajador, cómo bien le venga en gana, con tal de respetar el salario mínimo. Ejemplo, pagarle a un trabajador mensualmente $ 2.000.000, pero se toma $535.600 como salario base para prestaciones sociales y seguridad social y el saldo por $1.464.400 lo establece cómo Pago No Salarial.
Ahora, con el artículo 30 de la Ley 1393 de 2010, muchos empresarios han creído que lo anterior se ha ratificado, simplemente que les han puesto un techo o límite del 40% y así en el mismo ejemplo, creen que pueden pagar como salario para todos los efectos (prestaciones y seguridad social) la suma de $1.200.000 y la suma de $ 800.000 como Pagos No Constitutivos de Salario, veamos la norma:
Ley 1393 de 2010, Art.30. Sin perjuicio de lo previsto para otros fines, para los efectos relacionados con los artículos 18 y 204 de la Ley 100 de 1993, los pagos laborales no constitutivos de salario de las trabajadores particulares no podrán ser superiores al 40% del total de la remuneración.
Tanto la interpretación del artículo 132 del Código Laboral, como el artículo 30 de la Ley 1393 de 2010, tienen unos límites interpretativos muy claros, o bien por la jurisprudencia o bien por la misma norma.
Respecto a esa indebida interpretación de “…empleador y el trabajador pueden convenir libremente el salario en sus diversas modalidades…” contenida en el artículo 132 del C.S.T., la Corte Suprema de Justicia –Sala Laboral-, ha establecido reiteradamente que jamás puede interpretarse literalmente el 132, so pretexto, de desconocer los verdaderos elementos que integran el salario, denle el nombre o forma que les quieran dar, pues el artículo 127 del C.S.T. es supremamente claro al definir todo lo que es salario, repetimos “sea cualquiera la forma o denominación que se adopte” y por el contrario, el artículo 128 define claramente que sumas NO constituyen salario.
Art. 127. Elementos Integrantes.: Constituye salario no sólo la remuneración ordinaria, fija o variable, sino todo lo que recibe el trabajador en dinero o en especie como contraprestación directa del servicio, sea cualquiera la forma o denominación que se adopte, como primas, sobresueldos, bonificaciones habituales, valor del trabajo suplementario o de las horas extras, valor del trabajo en días de descanso obligatorio, porcentajes sobre ventas y comisiones.
Art. 128. Pagos Que No Constituyen Salarios.: No constituyen salario las sumas que ocasionalmente y por mera liberalidad recibe el trabajador del empleador, como primas, bonificaciones o gratificaciones ocasionales, participación de utilidades, excedentes de las empresas de economía solidaria y lo que recibe en dinero o en especie no para su beneficio, ni para enriquecer su patrimonio, sino para desempeñar a cabalidad sus funciones, como gastos de representación, medios de transporte, elementos de trabajo y otros semejantes. Tampoco las prestaciones sociales de que tratan los títulos VIII y IX, ni los beneficios o auxilios habituales u ocasionales acordados convencional o contractualmente u otorgados en forma extralegal por el empleador, cuando las partes hayan dispuesto expresamente que no constituyen salario en dinero o en especie, tales como la alimentación, habitación o vestuario, las primas extralegales, de vacaciones, de servicios o de navidad.
Ahora, frente al límite del 40% de los Pagos No constitutivos de Salario, el artículo 30 de la Ley 1393 de 2010 es muy claro desde su inicio, “Sin perjuicio de lo previsto para otros fines, para los efectos relacionados con los artículo 18 y 204 de la Ley 100 de 1993…” de ese texto, queda muy claro dos cosas
La primera: “Sin perjuicio de los previsto para otros fines” eso significa que esta norma no es una autorización para que el empresario desconozca el artículo 127 del Código Laboral y con ello, desconozca lo que claramente la ley a definido como los pagos que si se constituyen en salario, definición que está por encima de los acuerdos contractuales.
Lo segundo: “para los efectos relacionados con los artículo 18 y 204 de  la Ley 100 de 1993”  éstos hacen referencia al Ingreso Base de Cotización en Pensión y Salud respectivamente, pero insistimos, ese límite del 40% no está autorizando al empleador para que convierta el 40% del salario en pagos NO constitutivos de salario, pues en caso de una demanda laboral, el trabajador basta con demostrar que dicho 40% era por una retribución directa al servicio, era obligatorio su pago (no era ni ocasional ni voluntario del empresario), sin lugar a dudas, dicho pago encaja en lo establecido en el artículo 127 del Código Laboral y por ende se condenará a dicho empresario a reliquidar y pagar sobre el 100% de la remuneración, los factores prestacionales (cesantías, primas y vacaciones), además a los entes de seguridad social (pensión, salud, etc.)

sábado, 16 de abril de 2011

VEINTE AÑOS DE LA CONSTITUCION EN COLOMBIA

Con motivo de cumplirse veinte años de haberse dado a conocer una Constitucion novedosa en Colombia, me parece importante compartirles este articulo del autor Pedro Santana Rodriguez, al cual se refirio algunas experiencias que han desbordado  en peerversidad abosoluta:
¿Tenemos algo que celebrar a los 20 años de la Constitución?
                                                                    
      

 Cortesia: Pedro Santana Rodríguez
 

 

Al tiempo que se organizan múltiples actos de celebración por los 20 años que cumple la Constitución de 1991, columnistas de prensa como Daniel Samper Pizano o destacadas figuras del régimen como Rudolf Hommes, se preguntan si hay motivos para celebrar. El primero, uno de los más destacados periodistas del país caracterizado por su independencia frente al poder y por sus denuncias sobre corrupción e iniciador en el país del llamado periodismo de investigación, que precisamente por ello, tuvo que salir del país en la década de los años ochenta, cuestiona uno de los instrumentos más valiosos de la Carta Política de 1991, nos referimos al proceso de la descentralización.
En efecto Samper Pizano escribió en su columna del diario El Tiempo “Bodas de Plata de un cáncer nacional” el pasado 13 de marzo, lo siguiente: “Álvaro Gómez Hurtado, constante agitador de ideas, propuso una reforma constitucional que creyó modernizadora y que se concretó en el Acto Legislativo No 1 de 1986. Según éste, “los alcaldes serán elegidos por el voto de los ciudadanos”. Cinco años después, la nueva Constitución avanzó aún más en materia de regímenes regionales, y a la libre elección de alcaldes añadió la de gobernadores y mayor autonomía en el manejo de presupuestos.

La Carta del 91 y posteriores retoques de algunos artículos hicieron de Colombia un país más democrático. Pero, sin proponérselo, inyectaron nuevos caudales al río de la corrupción que ahora nos ahoga. La dosis masiva de participación popular que iba a limpiar las venas de la democracia colombiana no se ha dado. En cambio, numerosos municipios están en poder de las mafias que controlan las elecciones a punta de plata y plomo y ordeñan luego las arcas municipales sin recato ni control… El 9 de enero cumplió bodas de plata la elección de alcaldes y, haciendo el balance de los efectos positivos y negativos que produjo, es evidente que ha sido un cáncer para Colombia. Un cáncer rebosante de democracia. Pero un cáncer.

No es que los políticos indelicados no robaran antes, no: empezaron a robar en el siglo XIX. Pero en otros tiempos eran víctimas de las tentaciones del dinero público y hoy, en cambio, llegan con la voluntad expresa de enriquecerse. Es verdad que había corrupción antes del cambio constitucional, pero al menos era más fácil prevenirla y más expedito destituir y sancionar a los delincuentes.

Son hijos diabólicos de este sistema los carruseles de contratación y los servicios electorales de grupos armados. Los ciudadanos y ciudadanas votan cada vez menos, y el dinero y las armas votan cada vez más. La guerrilla interviene en las elecciones a balazos. La parapolítica no es más que una alianza entre el terror, la plata y los cacicazgos para saltar el Estado…
¿Nadie adivinó hace 25 años la calamidad que amenazaba al país? Sí. Alberto Lleras temía que iba a disparar la corrupción, y así ha sucedido…”O aplicamos soluciones de urgencia o la corrupción nos destruye. Es hora de aceptar que el remedio democrático de la elección de funcionarios regionales ha sido peor que la enfermedad centralista y que conviene enmendar la receta”.
Así, pues, en palabras de uno de los periodistas más leídos e independientes del país se requiere regresar al centralismo, al nombramiento de los alcaldes a dedo por los gobernadores y de los gobernadores a dedo por el Presidente de la República y que éste último también nombre al Alcalde de Bogotá. A primera vista Samper tiene razón en los hechos que señala: la corrupción es uno de los peores enemigos de la democracia y de la descentralización, pero la salida de Samper es simplista y centralista. Lo primero que hay que señalar es que la corrupción ha avanzado en los últimos años tanto en las administraciones municipales y departamentales como en el Gobierno Nacional. La mayor defraudación de recursos públicos con la pirámide de los Nule no está en Bogotá o en las regiones. Está en el Instituto Nacional de Contratación de Obras Públicas, INCO. Si la investigación se dirige hacia esa esfera encontraremos la respuesta, a la pregunta ¿qué hacían los Nule y qué hicieron en las 18 reuniones que tuvieron en la Casa de Nariño con altos funcionarios del Gobierno e incluso con el entonces presidente de la República, Álvaro Uribe Vélez?

Un segundo problema tiene que ver con la infiltración de los grupos paramilitares en la vida regional y municipal. Las investigaciones de la Misión de Observación Electoral –MOE- han dado cuenta que en las elecciones de 2007 más de 250 alcaldías y 12 gobernaciones fueron masivamente infiltradas por las mafias de los parapolíticos. El problema no se resolverá como cree Samper, con la vuelta atrás al centralismo sino con un funcionamiento eficaz de la Fiscalía y de los jueces en la lucha contra las mafias y contra el crimen. Y este problema que es uno de los fundamentales no se resolverá con fórmulas efectistas sino con una reestructuración y depuración a fondo de las Fuerzas Armadas y de Policía que en muchas regiones del país se aliaron y continúan aliadas con los grupos criminales y de saqueadores del erario público. Pero hay problemas en el diseño institucional que hay que abordar. ¿Por qué no  funcionan los organismos judiciales y de control en los territorios? Por qué contralores y personeros y funcionarios de la Procuraduría son de los mismos partidos de las coaliciones que gobiernan en los territorios. Así como no funcionaron en el nivel nacional los órganos encargados de investigar asuntos como el programa de Agro Ingreso Seguro, AIS, o los grandes contratos de los Nule y de otros empresarios que aún no se investigan que fueron los favorecidos del régimen de Uribe, como tampoco se investigó el abuso de poder en temas como el Departamento Administrativo de Seguridad, DAS. Tampoco se ha investigado a fondo el robo de 6.6 millones de hectáreas de los 4.5 millones de desplazados.

Hace años que insistimos que los organismos de control no deben pertenecer a  los mismos partidos que gobiernan, que deben ser o de la oposición o por lo menos de partidos distintos de quienes gobiernan. Uribe sabía de esto más que Daniel Samper y por eso se empeñó en nombrar a Julio Cesar Turbay Quintero, como contralor general de la República. Así pues, el remedio no está en regresar al vetusto centralismo. Hay que recordar que los alcaldes nombrados por los gobernadores antes de 1988, cuando se eligió por primera vez a los alcaldes, tenían un período en promedio de 6 meses y los gobernadores un período de 9 meses. ¿A eso es a lo que nos invita Daniel Samper a regresar? y aún más, los municipios tenían $ 5.70 pesos y los departamentos $9.70 por cada cien pesos que ingresaban como pago de impuestos en el país. Hoy los alcaldes y gobernadores tienen un período de cuatro años y reciben aproximadamente 28 de cada cien pesos que ingresan al fisco nacional. Muchos indicadores han mejorado desde entonces: mayores coberturas en educación y salud, avances importantes en infraestructura en casi todos los municipios del país, también ha avanzado la cultura ciudadana. Ahora bien, hay que registrar la problemática de la corrupción, de los actores armados ilegales, de la penetración de las mafias en las Fuerzas Armadas y de Policía, en los órganos de Control y en la rama judicial. Esos son los verdaderos problemas y es sobre ellos que debemos debatir para tener un país más democrático y más descentralizado.

En otra ocasión me referiré a las opiniones de Rudolf Hommes, por ahora baste decir que sí tenemos que celebrar. Que la descentralización, la participación ciudadana, la tutela, el régimen laico, la sociedad de derechos, la Corte Constitucional, la Corte Suprema de Justicia, todo esto es la esencia de la Constitución de 1991 y merece ser celebrado. Y lo merece, porque hoy tenemos un país más libre y más democrático así persistan graves problemas de desigualdad, de violencia, pero en todo caso tenemos un país más pluralista.

sábado, 2 de abril de 2011

INDEPENDENCIA Y LIBERTAD - LA JUSTICIA MAL ENTENDIDA COMO: "LA CENICIENTA CON UNA FELICIDAD QUE LE ESQUIVA"

 "INDEPENDENCIA Y LIBERTAD" esperamos constantementemente en un Estado de Derecho como el que se plantea como ideal en nuestra Constitucion, sin embargo el articulo siguiente nos da un enfoque real de LA JUSTICIA MAL ENTENDIDA  y mal comprendida, en una sociedad que trata de superar los escollos permanentes como un cuento de hadas, y en la que la cenicienta es el mejor ejemplo para reseñar lo que acontece a estancias de las injusticias:


 

¿DA PAPAYA LA CENICIENTA?
Cortesia: Henrik López Sterup - Profesor de la Universidad de los Andes.


En el cuento, que tiene varias versiones, pero todas terminan igual, la Cenicienta termina felizmente casada y todas las injusticias contra ella reparadas (por usar un lenguaje de moda). Felicidad que llega en un momento oportuno, pues la Cenicienta no logra la restauración de sus derechos y la realización de sus sueños en una edad madura, sino cuando goza de lozanía y sigue bella. En fin, es un “cuento de hadas”. Para la otra Cenicienta, la justicia, la felicidad le es esquiva y la reparación de las injusticias se pospone eternamente. Esa es la realidad colombiana1.

En los últimos días el país ha presenciado toda suerte de declaraciones relacionadas con el funcionamiento de la justicia en el país. Sea por las labores de investigación, acusación y juzgamiento de delitos, por congestión judicial o por amenazas a los jueces. Declaraciones que vienen de tiempo atrás, cuando, por ejemplo, se cuestionan las decisiones judiciales sobre libertad provisional, los fallos administrativos en contra o a favor del Estado, sentencias costosas, sentencias ingeniosas, sentencias inauditas, tratos injustificados por los denunciantes, etc.

Pero en este escenario, donde todo parece fallar, cabe preguntarse ¿qué hacer? ¿Debemos inyectarle recursos al sistema? Esta podría ser una salida: más jueces, más fiscales, más agentes del CTI y, mientras no cambien las cosas, menos agentes del DAS. Podríamos construir nuevos juzgados, convertir los existentes en algo mínimamente decente, reducir el consumo de papel y pasar todo a la oralidad y a la virtualidad. Pero ¿servirá?

No creo que se pueda dudar de las necesidades financieras reales de la administración de justicia, pero el país no se ha esforzado por indagar a partir de los síntomas. Tenemos una idea común, que se repite sin cesar en las esferas de decisión: la justicia falla. Pero ¿por qué falla? ¿Por qué hay congestión? ¿Por qué hay impunidad?

Según las estadísticas judiciales disponibles2, se advierte que ciertos tipos de proceso parecen congestionar a la justicia: los procesos laborales ordinarios, los procesos penales, los procesos de nulidad y restablecimiento del derecho en materia laboral, las reparaciones directas y las tutelas. ¿Qué tienen en común este tipo de procesos?

A diferencia de otros procesos, estos concentran los casos en los cuales con mayor evidencia se advierten relaciones asimétricas. Es decir, situaciones en las cuales una persona se enfrenta a la arbitrariedad y violencia de otra, debido a su condición de debilidad. El trabajador es débil frente al patrono, el funcionario frente al jefe, el ciudadano frente al Estado y los ciudadanos frente a los delincuentes.

A partir de esta caracterización es posible inferir que las dificultades de la justicia en buena medida se relacionan con la manera en que la sociedad colombiana resuelve sus problemas. Podría decirse que existen serios indicios de que la existencia de relaciones asimétricas es entendida como oportunidad para desconocer de manera flagrante los derechos del otro, del débil. Inclusive, de negarlo como persona. En palabras coloquiales, el que de papaya, está llevado.

Estas relaciones asimétricas se reproducen dentro de la sociedad moderna y, salvo en los casos de la utopía y el cuento de hadas, no se superan plenamente. Frente a esta realidad, el derecho contemporáneo, el modelo del Estado social o de la democracia constitucional, demanda que tales asimetrías no se traduzcan en oportunidades de opresión. Sólo de esta manera tiene sentido el andamiaje que de estos modelos se desprende.
Pues bien, ¿de qué sirve semejante modelo si la sociedad considera la asimetría como papaya? En otros términos, ¿para qué desgastar a una comunidad con la complejidad normativa derivada del modelo del Estado social, si en últimas lo único que importa es quién es más fuerte, quién aprovecha la asimetría para imponer sus intereses? ¿Por qué, entonces, no abandonar el modelo y asumir que quien es más fuerte puede imponer su ley?

Así, el problema de la relación de subordinación sería si el patrono, por ejemplo, estaría dispuesto a desconocer los acuerdos particulares, sabiendo que su vida y sus propios derechos no tienen más valor que aquél que su subordinado reconoce. Los débiles, a la manera hobbesiana, se colocarían en pie de igualdad y podrían eliminar la causa (o el causante) de la opresión. En lugar de esperar que el Estado garantice acceso a la salud, se fuerza al médico y a la enfermera a que atienda, so pena de que su vida o aquellas de sus allegados se vean en peligro. Nos liberaríamos de tener que pagar impuestos o, al menos, muchos de ellos. Descargaríamos al Estado (o lo que resulte) de la necesidad de tener entidades de investigación y de acusación y jueces. También desaparecería la necesidad de proteger a los jueces (que, por lo pronto es sólo teórica). Cada uno de nosotros podríamos disfrutar del uso de armas, cuyo comercio sería libre (por necesidad) y en lugar de acudir a la policía (que también desaparecería) para resolver los problemas ciudadanos, simplemente le pegamos un tiro al vecino (cosa que ya ocurre). Desaparecerían las congestiones vehiculares, pues podríamos destruir los vehículos de quienes nos agreden o no nos dejan movilizarnos por donde deseemos y como deseemos.

Sería posible lograr que los medios de comunicación dejasen de ser sensacionalistas, pues el afectado simplemente estaría legitimado para prender fuego a la casa editorial. Los sacerdotes de todas religiones podrían (al igual que hoy, pero sin consecuencias sociales mayores) exponer a los pecadores y someterlos al oprobio y la respuesta podría ser igualmente violenta.

Las personas que han robado podrían disfrutar de sus riquezas con total impunidad (cosa que no nos es extraña hoy en día), con el único temor de que otro, con más fuerza física o tecnológica tome sus bienes y su vida, con total impunidad.

Muchos podrán decir que esto es una total tontería, pues al fin y al cabo en el país existen instituciones que funcionan, que protegen, que aseguran los derechos de los ciudadanos, que condenan al responsable y que auxilian al necesitado. Que la asimetría no siempre es dar papaya y que es preferible luchar porque estas instituciones se fortalezcan y que lograr que la justicia sea igual para todos, que la diferencia no sea factor de discriminación, que el pobre valga igual que el rico, que el poderoso lo sea temporalmente y que los riesgos sociales sean repartidos de manera equitativa.

Creo que muchos compartimos ese sueño. Lo que nos distancia es si creemos o no en que la asimetría no es un papayazo. 

Cuando comprendamos y asumamos que esta ecuación no es válida, podremos ver una reducción en la congestión judicial y una realización plena del Estado social. Cuando ante la controversia la confrontación y el abuso no sean solución, sino el reconocimiento del otro y la valoración de sus necesidades, podremos ver que la otra cenicienta encuentra todas las injusticias reparadas. Reparación que no significa ausencia de conflictos, sino una reducción significativa.

El punto de partida debe ser el más sencillo de todos: valorar la vida ajena. En su sencillez, dicha valoración recoge la inmensa complejidad del fenómeno de lo social. Diálogo en lugar de violencia, respeto por un principio de justicia y por el aplicador de justicia, asunción del riesgo de perder, garantía de que perder no signifique exclusión.

Quizás esto último sea lo más complejo, pues la cultura del papayazo es reacción al temor, no infundado, de que perder un poco es perderlo todo. Ante esta realidad, las palabras de Santander adquieren un carácter utópico. Las armas os han dado la independencia, las leyes la libertad, suena a una quimera. Quizás la quimera sea creer que en este país se comprende la diferencia entre independencia y libertad. Los jueces si lo hacen y, por ello han de pagar.

Edición N° 00249 – Semana del 1 al 7 de Abril de 2011
1 Sus opiniones no reflejan o comprometen aquellas de la Universidad de los Andes, sus directivas, empleados, profesores o estudiantes.
2 www.ramajudicial.gov.co/csj/index.jsp?cargaHome=3&id_categoria=374&id_subcategoria=946

viernes, 25 de marzo de 2011

Una clase elemental de socialismo.


Cortesia: Gerencie.com
En múltiples artículos hemos criticado duramente algunas prácticas del capitalismo que han llevado  a la ruina a muchas personas, familias,  empresas e incluso estados. Esta vez publicamos un escrito al parecer anónimo  enviado por un usuario en los famosos reenvíos de correo,  que habla de las “bondades” del socialismo. Un escrito que ofrece una explicación muy elocuente de lo que es,  y de por qué ha fracasado en el pasado en muchos países: 

“Un reconocido Profesor de Economía de una Universidad relató que él nunca había suspendido a ninguno de sus estudiantes, pero que en una ocasión tuvo que suspender a la clase entera. Cuenta que en esa clase los alumnos insistían en que “el Socialismo SI funciona”, que en ese sistema no existen ni pobres ni ricos, sino que todos alcanzan una feliz igualdad. Total igualdad para el Pueblo….

…….El Profesor les propuso entonces a sus alumnos realizar un experimento para ese Año Escolar, sobre “El Socialismo”. Todos aceptaron. Para que todos fueran Socialistas, o sea para que hubiera igualdad, las notas que obtuvieran los miembros de la clase serían promediadas, a fin de que todos los estudiantes recibieran una misma calificación, o sea, sería una clase “socialista”. De esta forma, para el primer examen (como es habitual), algunos estudiantes estudiaron mucho, otros estudiaron más o menos, y otros no estudiaron casi nada. Se calificaron los exámenes, se tomaron las notas de todos, y fueron promediadas. El promedio de la clase fue 7,8 sobre 10.Los estudiantes que se habían preparado muy bien, quedaron muy desconformes mientras que los que estudiaron poco o nada, estaban felices. Pero todos con resultados iguales = 7,8 puntos a cada alumno = “Socialismo”.

Cuando presentaron el segundo examen, los estudiantes que anteriormente habían estudiado mucho, decidieron no esforzarse tanto, ya que su nota sería promediada. Aquellos que habían estudiado poco lo hicieron menos todavía, porque confiaban en que otros (no ellos) se esforzarían para subir el promedio. Pero el promedio en este segundo examen fue 6,5 puntos! Nuevamente, los que estudiaron algo estaban algo molestos, y los que no hicieron nada estaban medianamente satisfechos.

Finalmente, en el último examen del año, el promedio de toda la clase fue 4 y por tanto todos suspendieron!! Pero todos eran iguales y repitieron el año sin excepción alguna. Ninguno de los estudiantes estaba realmente feliz…El profesor les preguntó si ahora entendían lo que significaba “SOCIALISMO”.
La razón del gran fracaso del socialismo en el mundo es simple; simplemente los que no hacen se benefician de los que hacen. No hay incentivos para los que se esfuerzan, y hay premios para los que eluden labor y responsabilidades. No se recompensa la excelencia, pues nunca se llega a ella ya que la mayoría empuja hacia abajo.

El que trabaja debe pagar sus cuentas, pero al que no trabaja, se las paga el gobierno!! Con los recursos aportados por el que trabaja!! O sea, el que trabaja paga doble!!

Es la garantía del fracaso. Todos iguales, pero allá abajo, semisumergidos en el pantano de la mediocridad…Tan espeso que nadie se hunde del todo, pero tan denso y pegajoso que a nadie permite llegar a la orilla y salir…”

Contenido relacionado: